REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 06 de ABRIL de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-000210
ASUNTO : IP11-S-2004-000210
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL ABG. MORELA FERRER
FISCAL CUARTA DE TRANSICION MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA.
HECHO: TENENCIA ILICITA DE ESTUPEFACIENTES.
IMPUTADOS: ELORMANDY VICENTE RODRIGUEZ COELLO Y ERNESTO RAFAEL PEREZ GUANIPA .
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO presentada por la ABG. JUDITH MARIELA MEDINA, en su carácter de Fiscal Cuarta de Transición del Ministerio Público, a favor de los ciudadanos ELORMANDY VICENTE RODRIGUEZ COELLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V.- 12.790.608 y 11.767.692 , residenciados en Punto Fijo-Estado Falcón, con fundamento en lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en la investigación penal contenida en las actuaciones de la Causa que antecede signada con el No. IP11-S-2004-000210, éste Juzgado de Control para decidir considera:
I
Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que sustentan la solicitud Fiscal, se observa que efectivamente de la investigación penal adelantada donde figura como imputado los ciudadanos ELORMANDY VICENTE RODRIGUEZ Y ERNESTO RAFAEL PEREZ, Venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad No V- 12.790.608 y 11.767.692, como victima EL ESTADO VENEZOLANO y donde aparece acreditada la existencia el delito de TENENCIA ILICITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y desde la fecha en que se cometiera(n) el (los) referido(s) hecho(s) punible(s) hasta el día de hoy, ha transcurrido un lapso de tiempo superior al que requiere el Legislador para que opere la Prescripción de la acción penal respectiva; razón por la que habiéndose extinguido la acción penal es procedente y ajustado a Derecho aceptar la solicitud Fiscal y Ordenar el SOBRESEIMIENTO de la Causa en conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte, estima este Tribunal que no se hace necesaria la convocatoria a la Audiencia Oral a que hace referencia el Artículo 323 del COPP.-
II
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto, seguido contra los ciudadanos ELORMANDY VICENTE RODRIGUEZ Y ERNESTO RAFAEL PEREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V.- 12.790.608 y 11.767.692, residenciados en Punto Fijo-Estado Falcón, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318, en concordancia con el Artículo ordinal 8° del Artículo 48 ejusdem.-
Regístrese Publíquese y Notifíquese al Ministerio Público al Imputado y a la Víctima de la presente decisión. Déjese copia en archivador. Remítanse las actuaciones al Archivo Judicial de esta Sede en su oportunidad legal. Cúmplase con lo ordenado.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
ABG. MORELA FERRER
LA SECRETARIA
ABG. MARIELA MORILLO
|