El Tribunal Ejecutor declarò embargado un vehìculo propiedad del demandado el cual fue señalado por el actor , siendo valorado por un Perito designado para ello en la cantidad de Bs.9.000.000,oo, identificàndose el mismo en su totalidad, designàndose como Depositario Provisional del mismo a la Empresa Constructota Anglar, C.A., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE, en virtud de la inexistencia en esta jurisdicciòn de depositaria judicial alguna.