REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
-EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
EXPEDIENTE: 7457.
ACCIÓN: Pensión Alimentaria.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadana CARINA DEL VALLE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.806.010, domiciliada en la calle Girardot, edificio Olivares II, oficina 03, de la ciudad de Punto Fijo Estado Falcón.
ABOGADO ASISTENTE: Abogada ANAHILDE VIVAS VALBUENA, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 79.923.
PARTE DEMANDADA: Ciudadano JOSE TOMAS CHAVEZ COLMENARES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.987.344, domiciliado en el Destacamento Nro. 44 de las Fuerzas Armadas de Cooperación, con sede en Judibana de la ciudad de Punto Fijo Estado Falcón .
MATERIA: Protección del Niño y el Adolescente.
El Tribunal por constatar de las actas procesales, que desde el día 09 de Mayo de 2.006, fecha de la admisión de la demanda hasta el día de hoy 11 de Agosto de 2.006, ha transcurrido más de treinta (30) días, sin haber realizado la actora durante dicho lapso ningún acto de procedimiento tendiente para practicar la citación del demandado, en consecuencia y en acatamiento al contenido del Ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 ejusdem, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.- Así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley.- Suspéndase las medidas decretadas y hágase la participación a que haya lugar.- Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Archivo Judicial del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a la actora de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los Once (11) días del mes de Agosto del año Dos Mil Seis (2.006).-Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
La Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín.-
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 01:40 p.m., previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín.-
CHL/hjt.-
Exp: 7457.
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