REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL N° 13.
Caracas, 08 de diciembre de 2006.
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-017748
Vistas las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación hecha por el CURADOR AD- HOC, ciudadana LILIBETH DE JESUS GOMEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.553.916, así como la manifestación de que la adolescente, SE OMITE LA IDENTIFICACION, no posee bienes propios, en consecuencia este Despacho Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de las facultades conferidas en el Parágrafo Cuarto, literal “e” del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de CURADOR AD HOC de la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACION, a la ciudadana LILIBETH DE JESUS GOMEZ ROJAS, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo. Y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse el original consignado. Líbrese oficio a la OAP a los fines de remitirle las copias certificadas respectivas. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza Provisoria,
Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
La Secretaria
Abg. Dayana Fernández
Exp. Nº: AP51-S-2006-017748/.Curatela.
JQ/DF/
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