República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Cinco (05) de Diciembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º
Vista la solicitud que antecede, presentada por los ciudadanos José Fernando Duarte Martínez y Wendy Carolina Moral de Duarte, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.321.804 y 20.211.177, respectivamente, asistidos por el ciudadano Gabriel Cote Rodríguez, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.829, fundamentando su solicitud en el artículo 185-A del Código Civil, Désele entrada y anótese en los libros respectivos, revisada la misma se admite cuanto lugar en derecho. Líbrese Boleta al Fiscal del Ministerio Público para que comparezca ante este Tribunal dentro del lapso de diez (10) días contados a partir de su notificación, a fin de que de su opinión con relación al Divorcio solicitado, anexándosele copia certificada de la solicitud a la boleta de notificación.-Líbrese boleta de notificación y copias certificadas, estas últimas, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración.- Por cuanto las copias certificadas ordenadas se elaborarán por el procedimiento de fotostatos, se Autoriza al efecto al ciudadano John V. Ferrer Padrón, asistente de Tribunal adscrito a esta Dependencia Judicial, quien las Suscribirá en todas y cada una de las partes conjuntamente con la secretaria.-
El Juez Titular,
Dr. Carlos Spartalian Duarte
La Secretaria Acc.,
Maria Elena Rondon
CSD/MER/john.-
Exp: 06-1171.-
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