República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, Cinco (05) de Diciembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º

Vista la solicitud de Título Supletorio que encabeza las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de Terceros de Igual o Mejor Derecho, declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente a favor de la ciudadana María Aleida Henao Ospina, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E17.297.260, sobre Unas Binechurias, ubicadas en el Barrio Herminia, Calle El Carmen, casa N° 45, Los Dos Caminos, Parroquia Leoncio Martínez, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, y se encuentra dentro de las siguientes medidas, área del terreno aproximadamente de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados (46mts2) de superficie y se encuentra alinderado por el NORTE: Con Segunda Transversal de Los Dos Caminos, por el SUR: Con Casa que es o fue del Sr. Rony Duran : ESTE: Con casa que es o fue de José Benjamín y por el OESTE: Con calle El Carmen de los Dos Caminos. Las mencionadas bienechurias constan de dos (2) habitaciones, cocina pequeña, baño grande, porche en la entrada, pisos de cerámica, paredes de concreto, techos de platabanda, empotramiento de aguas blancas, aguas negras y luz eléctricas. Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y certificación que deberá quedar en el Archivo. Elabórese la copia certificada mediante el procedimiento de fotostatos establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser suscrita en todas y cada una de sus partes tanto por la Secretaria como por el Funcionario adscrito a este Despacho, ciudadano John V. Ferrer Padrón, titular de la cédula de identidad No. V-11.934.016.- Cúmplase.-
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte.

La Secretaria Acc.,

María Elena Rondon
En esta misma fecha, se hizo entrega del presente expediente, dejándose copia del mismo en el archivo de este Juzgado.-
La Secretaria Acc.,

María Elena Rondon
CSD/MER/ john
EXP: No.S-06-0833.-