REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA

EXP. No. 189-04

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
MENE DE MAUROA, 25 DE ENERO DE 2006.
Años 195 y 146
En las Horas de Despacho de hoy, veinticinco de enero de dos mil seis, siendo las diez de la mañana, día y hora previamente fijados por este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, para llevar a efecto el acto de Remate de los bienes muebles, equipos médicos e insumos especificados y justipreciados a continuación: Calculadora WELCD12PD S/No. 50323426S D.S.F, justipreciado en Bs. 50.000; Una cama de hierro pediátrica, justipreciada en Bs. 430.000; Lámpara Quirúrgica Bs. 3.000.000; Un par de sueros Bs. 2.000; Pantalla de lectura de placa Bs. 130.000; Termómetro Riestar Bs. 400.000; Ocho (8) sillas plásticas Bs. 72.000, Paraban de hierro Bs. 120.000, Mueble saliente de formica Bs. 40.000, Once Inyectadotas de 20cc Bs. 11.000, Dieciséis (16) catetes Bs. 25.000, Tres (3) Inyectadoras Bs. 2.000, Dos (2)mascarillas Bs. 2.000, Cinco (5) ganchos umbilicales Bs. 2.500, Agua Oxigenada Bs. 2.000, Un paquete de mangueras Mansura Bs. 10.000, Una Chata Bs. 3.000, Un envase para gasas Bs. 1.000, Banco para paciente Bs. 2.000,Dos manómetros de oxigeno Bs. 450.000, Seis mangueras para oxigeno Bs. 20.000, Cuatro Válvulas de Oxigeno Bs. 50.000, Un respirador de Oxigeno Bs. 50.000, Dos Mouse Bs. 50.000, Ocho mangueras de terapia Bs. 20.000, Un Estetoscopio Bs. 60.000, Tres Bandejas de acero cromado Bs. 150.000, Una pinza de bandeja Bs. 5.000, Una pinza de corazón Bs. 50.000, Una Balanza U.S. Bs. 300.000, Un escritorio de formica Bs. 50.000, Dos sillas de butacas Bs. 50.000, Un Nebulizador de Terapia Bs. 200.000, Una Válvula de aerosol Bs. 25.000, Un bolso Bs. 20.000, Una Camilla Medica Bs. 240.000, Una mesa de mayo Bs. 150.000, Una Bombona de Oxigeno Bs 70.000, Mesa de una gaveta Bs. 30.000, Una Papelera Bs. 1.000, Pantalla de Radiografía Bs. 110.000, Cinco Soluciones de Dextrosa Bs. 20.000, Dos Gabinetes de una gaveta Bs. 60.000, Mueble Casillero Bs. 30.000, Un Aire Acondicionado de 10 TN. Bs 6.000.000, y un Peso Pediátrico Bs. 350.000, con motivo del juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y OTROS CONCEPTOS LABORALES seguido por la ciudadana ROSA PINEDA GUTIERREZ contra la Empresa “CLINICA DE DIAGNOSTICO CARDIOVASCULAR UNDICAR, representada por el ciudadano ARMANDO ALVARADO ALVAREZ, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal por órgano del Alguacil del mismo, compareciendo la ciudadana ROSA PINEDA GUTIERREZ, mayor de edad, soltera, venezolana, Enfermera, titular de la cedula de identidad No.13.210.915 y domiciliada en el KM El Seis de este Municipio Mauroa del Estado Falcón, asistida por el abogado RAIMUNDO LEGER CUICAS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 45.516, titular de la cedula de identidad No. 4.646.508 y de este domicilio, con derecho hacer postura en el remate y no habiendo comparecido otra persona, ni el ejecutado y parte demandada. Seguidamente se inicio el acto de remate, dándosele lectura al ultimo Cartel de Remate por secretaria, publicado en fecha sábado veintiuno de enero de dos mil seis, en el diario La Mañana, signado bajo el No. 17.388. Seguidamente el Tribunal fija como caución para el remate de los bienes muebles, equipos médicos e insumos especificados: Calculadora WELCD12PD S/No. 50323426S D.S.F, en Bs. 25.000; Una cama de hierro pediátrica, en Bs. 215.000; Lámpara Quirúrgica Bs. 1.500.000; Un par de sueros Bs. 1.000; Pantalla de lectura de placa Bs. 65.000; Termómetro Riestar Bs. 200.000; Ocho (8) sillas plásticas Bs. 36.000, Paraban de hierro Bs. 60.000, Mueble saliente de formica Bs. 20.000, Once Inyectadotas de 20cc Bs. 5.500, Dieciséis (16) catetes Bs. 12.500, Tres (3) Inyectadoras Bs. 1.000, Dos (2)mascarillas Bs. 1.000, Cinco (5) ganchos umbilicales Bs. 1.250, Agua Oxigenada Bs. 1.000, Un paquete de mangueras Mansura Bs. 5.000, Una Chata Bs. 1.500, Un envase para gasas Bs. 500, Banco para paciente Bs. 1.000,Dos manómetros de oxigeno Bs. 225.000, Seis mangueras para oxigeno Bs. 10.000, Cuatro Válvulas de Oxigeno Bs. 25.000, Un respirador de Oxigeno Bs. 25.000, Dos Mouse Bs. 25.000, Ocho mangueras de terapia Bs. 10.000, Un Estetoscopio Bs. 30.000, Tres Bandejas de acero cromado Bs. 75.000, Una pinza de bandeja Bs. 2.500, Una pinza de corazón Bs. 25.000, Una Balanza U.S. Bs. 150.000, Un escritorio de formica Bs. 25.000, Dos sillas de butacas Bs. 25.000, Un Nebulizador de Terapia Bs. 100.000, Una Válvula de aerosol Bs. 12.500, Un bolso Bs. 10.000, Una Camilla Medica Bs. 120.000, Una mesa de mayo Bs. 75.000, Una Bombona de Oxigeno Bs 35.000, Mesa de una gaveta Bs. 15.000, Una Papelera Bs. 500, Pantalla de Radiografía Bs. 55.000, Cinco Soluciones de Dextrosa Bs. 10.000, Dos Gabinetes de una gaveta Bs. 30.000, Mueble Casillero Bs. 15.000, Un Aire Acondicionado de 10 TN. Bs 3.000.000, y un Peso Pediátrico Bs. 175.000, para ser postura en este remate, lo cual equivale el cincuenta por ciento del valor del justiprecio de los bienes muebles, equipos médicos e insumos sacados a remate. En este estado la parte actora, ciudadana ROSA PINEDA GUTIERREZ, asistida por el abogado RAIMUNDO LEGER CUICAS, antes identificados, ofreció como caución para hacer postura por los bienes muebles, equipos médicos e insumos a rematar su propio crédito la suma de SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON 14/100 CENTIMOS (Bs. 7.138.082,14). Acto seguido, siendo las diez y veinte minutos de la mañana, se fija un lapso de treinta minutos para oír posturas. Siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana, la parte actora ROSA PINEDA GUTIERREZ, asistida por el Abogado RAIMUNDO LEGER CUICAS, antes identificados, ofreció la suma de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 6.472.700,00) como postura por todos los bienes muebles, equipos médicos e insumos objeto del presente remate. Seguidamente el Tribunal por cuanto son las diez y cincuenta minutos de la mañana, habiéndose vencido el lapso de treinta minutos para hacer posturas sin que se hubiera hecho ninguna otra, se le concedió la buena pro a la demandante ROSA PINEDA GUTIERREZ, mayor de edad, venezolana, soltera, Enfermera, titular de la cedula de identidad No. 13.210.915, asistida por el abogado RAIMUNDO LEGER CUICAS, Inpreabogado No. 45.516 y se le adjudico en propiedad plena Una Calculadora WELCD12PD S/No. 50323426S D.S.F, en Bs. 25.000; Una cama de hierro pediátrica, en Bs. 215.000; Lámpara Quirúrgica Bs. 1.500.000; Un par de sueros Bs. 1.000; Pantalla de lectura de placa Bs. 65.000; Termómetro Riestar Bs. 200.000; Ocho (8) sillas plásticas Bs. 36.000, Paraban de hierro Bs. 60.000, Mueble saliente de formica Bs. 20.000, Once Inyectadotas de 20cc Bs. 5.500, Dieciséis (16) catetes Bs. 12.500, Tres (3) Inyectadoras Bs. 1.000, Dos (2)mascarillas Bs. 1.000, Cinco (5) ganchos umbilicales Bs. 1.250, Agua Oxigenada Bs. 1.000, Un paquete de mangueras Mansura Bs. 5.000, Una Chata Bs. 1.500, Un envase para gasas Bs. 500, Banco para paciente Bs. 1.000,Dos manómetros de oxigeno Bs. 225.000, Seis mangueras para oxigeno Bs. 10.000, Cuatro Válvulas de Oxigeno Bs. 25.000, Un respirador de Oxigeno Bs. 25.000, Dos Mouse Bs. 25.000, Ocho mangueras de terapia Bs. 10.000, Un Estetoscopio Bs. 30.000, Tres Bandejas de acero cromado Bs. 75.000, Una pinza de bandeja Bs. 2.500, Una pinza de corazón Bs. 25.000, Una Balanza U.S. Bs. 150.000, Un escritorio de formica Bs. 25.000, Dos sillas de butacas Bs. 25.000, Un Nebulizador de Terapia Bs. 100.000, Una Válvula de aerosol Bs. 12.500, Un bolso Bs. 10.000, Una Camilla Medica Bs. 120.000, Una mesa de mayo Bs. 75.000, Una Bombona de Oxigeno Bs 35.000, Mesa de una gaveta Bs. 15.000, Una Papelera Bs. 500, Pantalla de Radiografía Bs. 55.000, Cinco Soluciones de Dextrosa Bs. 10.000, Dos Gabinetes de una gaveta Bs. 30.000, Mueble Casillero Bs. 15.000, Un Aire Acondicionado de 10 TN. Bs 3.000.000, y un Peso Pediátrico Bs. 175.000. En este estado la ejecutante y demandante manifestó al Tribunal y así fue aceptado que el monto del remate será pagado por el monto de su crédito. El Tribunal vista la exposición hecha por la actora ROSA PINEDA GUTIERREZ, antes identificada, le dio en propiedad los bienes muebles, equipos médicos e insumos rematados en este acto, antes identificados. El Tribunal deja constancia que el crédito que tiene la demandante consta en sentencia dictada por este Juzgado en fecha 30 de agosto de 2004, quedando confirmada en fecha 4 de febrero de 2005, bienes estos que fueron embargados el día 21 de junio de 2005. En este estado, la parte actora expuso: “Solicito del Tribunal se suspenda la medida de embargo ejecutada sobre los bienes muebles, equipos médicos e insumos aquí rematados, se participe a la Depositaria Judicial Falcón C.A., representada por el ciudadano OMAR ESTRADA MESA, y se me ordene la entrega de los bienes adjudicados en este acto. Así mismo para dar por concluido el juicio que se sigue contra la Empresa CLINICA UNIDAD DE DIAGNOSTICO CARDIOVASCULAR UNDICAR, y como una vez que ha sido satisfechos el monto a cancelar en la presente reclamación y según cartel de remate publicados en la prensa regional en el cual se determina el valor o justiprecio de los bienes equipos e insumos ampliamente especificados, tanto en acta de embargo como en actas de informe de justiprecio y como quiera que la reclamada aun queda a deberme un remanente estimado en la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (Bs. 665.382.14) y para los efectos de dejar concluida la presente reclamación en forma espontánea y voluntaria renuncio a seguir cobrando la cantidad antes señalada, y manifiesto estar conforme con la adjudicación de los bienes, equipos e insumos que se encontraban bajo medida de embargo y que el no presentarse persona alguna que efectuara posturas de oferta de compra me ha sido adjudicada con el aval del crédito que tenia a mi favor. Es Todo” Seguidamente el Tribunal suspende la medida de embargo ejecutada en el presente juicio y ordena oficiar a la Depositaria Judicial Falcón C.A., a los fines de que haga entrega a la Ciudadana ROSA PINEDA GUTIERREZ, antes identificada, de los bienes muebles, equipos médicos e insumos aquí rematados. Así mismo se ordena expedir copia certificada por secretaria del presente acto de remate. Termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. ALFREDO MONTIEL FRANCO.

LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADO AISTENTE:

ROSA PINEDA GUTIERREZ. ABG. RAIMUNDO LEGER CUICAS.



LA SECRETARIA,

RAMONA DE RODRIGUEZ.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
MENE DE MAUROA, 26 DE ENERO DE 2006.
Años 195 y 146
EXP. No. 189-04
Visto el desistimiento de la parte demandante en reclamar a la demandada la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARS CON CATORCE CENTIMOS (Bs. 665.382.14), correspondiente a un remanente de la deuda reclamada; el Tribunal provee de conformidad y en consecuencia homologa el mismo, le imparte autoridad de cosa juzgada al presente juicio de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil,y acuerda el archivo del presente expediente. De igual manera, se ordena oficiar a la Depositaria Judicial Falcón C.A., en el sentido de que se sirva hacer entrega a la ciudadana ROSA PINEDA GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad No. 13.210.915 de los bienes muebles, equipos médicos e insumos que fueran embargados a la Empresa UNIDAD DE DIAGNOSTICO CARDIOVASCULAR UNDICAR, anteriormente descritos. Déjese copia certificada tanto del acta en la cual desiste la demandante como del presente auto. Librese Oficio.- Déjese Constancia.
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. ALFREDO MONTIEL FRANCO.

LA SECRETARIA,

RAMONA DE RODRIGUEZ.

NOTA: En la misma fecha se homologo el presente procedimiento, se publico siendo las once (11:00) antes meridiem, quedando registrada bajo el 01, y se oficio bajo el No. 2500-17. Conste.

SECRETARIA,

RAMONA DE RODRIGUEZ.