REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 18 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-C-2005-000005
ASUNTO : IP01-C-2005-000005



De la revisión del presente asunto se desprende que en fecha 20/10/05 este juzgado dictó resolución la cual se transcribe:

ACTA DE RESOLUCIÓN DE FECHA 20/10/05
Visto el oficio N- CUDP-EF-443/05, de fecha 17/10/05, enviado a este juzgado por el Sistema Autónomo de la Defensa Pública, Unidad de Defensa Pública Del Estado Falcón, en la cual informa a este juzgado sobre el cambio otorgado a la abogada: LISDITH FERRER , quién a partir del 19/09/05 , pasará a ocupar el cargo de defensora Pública Penal Ordinario, en la ciudad de Cabimas Estado Zulia, de acuerdo a instrucciones emanadas de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en sesión del 21/06/2005, mediante la cual delegó a la Dirección General de esa Institución , la facultad de realizar los traslados físicos y cambios de competencia de los Defensores Públicos a nivel Nacional, igualmente se informa a este juzgado que se convocó al abogado: ARÍSTIDES LÓPEZ en su condición de suplente de la Unidad de defensa Pública del Estado Falcón, a los fines de que se encargue de la Defensoria Pública Octava de la Sección de Adolescentes a partir de el día martes 18/10/05, en consecuencia este juzgado puesto al conocimiento del mismo ordena que se notifique al Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, quien se encuentra recluido en el “CENTRO DE PREVENCIÓN INTEGRAL Dr. RAÚL GONZALÉZ CASTRO”, ubicado en la población de Curimagua, Municipio Petit, del Estado Falcón, así mismo notifíquese al Director del referido centro, Psicólogo: ANDRÉS EDUARDO MÁRQUEZ, AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO, Y envíese oficio al JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, sobre la designación del nuevo defensor público, en cuanto a la notificación del adolescente el auto debe contener junto con la antes descrita información , la solicitud de que manifieste a este juzgado si desea continuar con el nuevo defensor público asignado, ya antes identificado Cúmplase .


En consecuencia para la presente fecha se evidencia que este juzgado no ha recibido repuesta del adolescente padres o responsables de la aceptación del nuevo defensor Público en aras de garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena oficiar a la defensa Pública con el objeto de que le sea designado Defensor Público especializado al precitado Ciudadano adolescente, así mismo se ordena realizar oficio al Director del CENTRO DE PREVENCIÓN INTEGRAL “DR. RAUL GONZALÉZ CASTRO” Psicólogo Andrés Eduardo Márquez, con el objeto que remita a este juzgado el plan individual del adolescente así como los informes médicos realizados en dicha institución todo de conformidad a lo establecido en los artículos 643 y 647 literal c , se ordena así mismo oficiar al equipo Multidisciplinario del Circuito Judicial penal con el objeto de que se trasladen a el precitado Centro con el objeto de realizarle al adolescente, los estudios, la asistencia y la orientación que requiera el mismo y una vez realizados se remitan a la brevedad posible el informe a este juzgado. Notifíquese a las partes de la presente resolución, así se decide. Cúmplase.




El Juez

La Secretaria

Abg Mireya Medina Abg: Carisbel Barriento.