REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro, 07 de febrero de 2006
Años: 195º Y 146º
Vista el convenimiento efectuado entre la parte demandante: NAVARRO CHIRINO NELSON ANTONIO y la parte demandada ciudadano ENRIQUE ANTONIO PEREZ, Asistido por el Abg. JESUS E. VIVAS P., por COBRO DE BOLIVARES en la presente causa de fecha 07 de Febrero de 2006, este Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en sede civil, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION al convenimiento realizado de conformidad con lo establecido con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 1713, 1714, 1718, del mismo Código Civil; en consecuencia, se le da el carácter de sentencia pasado en autoridad de cosa Juzgada. No se ordena archivar el expediente mientras no conste en el mismo el cumplimiento del convenimiento por la parte demandada, así mismo se ordena dejar copia de la presente Homologación en el copiador respectivo. CUMPLASE. Déjese constancia de ello en el Diario de Labores del Tribunal.- Josefa López.
La Juez provisorio,
Dra. Zenaida Mora de López.
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla
Nota: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en auto anterior. Conste.
La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla
Exp. Nro. 0771
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