REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 17 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2005-006269
ASUNTO : IP01-P-2005-006269

Visto el escrito presentado por el ABG. NELSON MANUEL GARCIA AREVALO, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante el cual solicita sea decretado el Sobreseimiento de la presente causa seguida en contra de JESUS AMAYA por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en el Código Penal en perjuicio de la adolescente ARGELIS DUARTE, titular de la cedula de identidad N° 19.274.191. Del estudio de las actas que se acompañan anexas, se observa que corre inserta a la causa, que hecho fue de fecha 04/08/04, mediante denuncia interpuesta por la adolescente ARGELIS DUARTE donde expresa que el ciudadano JESUS AMAYA, quien es esposo de su tía, la agredió con un palo por las piernas y en los glúteos, ya que llego tarde a su casa. Siendo que la titularidad de la acción penal corresponde al Ministerio Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 y 23 del Código Orgánico Procesal Penal y la Fiscalía Décima del Ministerio Público señala en su escrito que en la investigación realizada por ese Despacho no fue posible obtener elementos que hicieran posible esclarecer el caso que nos ocupa, ya que no riela en la causa reconocimiento Medico Legal para determinar el Tipo de Lesiones y el lapso de curación, debido a la incomparecencia de la victima; aunado a la inexistencia razonable y en la imposibilidad de incorporar Nuevos datos a la presente investigación debido al tiempo transcurrido, del estudio detenido de las actas se constata lo expresado por la Representación Fiscal, esta Juzgadora declara con lugar lo solicitado y ordena el sobreseimiento de la Causa y así se declara.
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta con lugar la solicitud de Sobreseimiento de la presente causa seguida en contra de JESUS AMAYA por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en el Código Penal en perjuicio de la adolescente ARGELIS DUARTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquense a las partes. Cúmplase.

LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABOG. JENNY OVIOL RIVERO

LA SECRETARIA
ABOG. LIDDA BENITEZ

JO/romel