REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 13 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2003-001001
ASUNTO : IP01-P-2003-000061



Visto que en auto de fecha 07 de Diciembre del 2004, se evidencia que la presente causa se encuentra suspendida hasta tanto se haga efectiva la orden de aprehensión librada por este despacho en fecha 07 de Diciembre del 2004; verificando por otra parte, que persisten los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron la referida orden; es por lo cual esta juzgadora, acuerda ratificar orden de aprehensión al ciudadano RAMON ENRIQUE GONZALEZ , mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.563.723 a los fines de que sea presentado por ante este Tribunal Segundo de Juicio. Dicha aprehensión deberá realizarse cumpliendo los principios de actuación previstos en el articulo 117 del Código Orgánico Procesal Penal; así como, informar al aprehendido del hecho que se le atribuye, de la autoridad que ha ordenado su detención y a la orden de quién estará; trasladarlo e ingresarlo, con las seguridades del caso, en el Internado Judicial de esta Ciudad, en donde quedará recluido a la orden de este Tribunal. Librase la respectiva orden de aprehensión contra el ciudadano antes identificado. Notifíquese al Fiscal Tercero del Ministerio Público y a todos los órganos de investigaciones penales de la presente decisión. Cúmplase.-
DRA. EVELYN M. PEREZ L.


JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
LA SECRETARIA

ABG. CARMEN RIVERO