REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto14 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-002486
ASUNTO : IP11-S-2004-002486


IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL ABG. LIMIDA LABARCA.
FISCAL CUARTA DE TRANSICION MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA.
HECHO: HURTO CALIFICADO.
IMPUTADOS: BONIFACIO ANTONIO SECO CAMPOY, EDDY EVELIA NAVAS, ANDRY JOSE RODRIGUEZ, NELSON ADRIAN GOTOPO Y LENIN JOSE CASTELLANO

AUTO QUE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO.-

Vista la solicitud de SOBRESEIMIENTO presentada por la ABG. JUDITH MARIELA MEDINA, en su carácter de Fiscal Cuarta de Transición del Ministerio Público, a favor de los ciudadanos BONIFACIO ANTONIO SECO CAMPOY, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-7.471.982, residenciado en la Calle Morón, Casa N° 01, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón, EDDY EVELIA NAVAS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.584.125, residenciada en la Calle Principal, Vía Santana, Casa S/N, Moruy Punto Fijo Estado Falcón ANDRY JOSE RODRIGUEZ, venezolano, menor de edad, residenciado en la Calle Principal, Casa S/N, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón, NELSON ADRIAN GOTOPO ATACHO, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.662.350, residenciado en la Calle San Antonio, Casa S/N, Punto Fijo Estado Falcón y LENIN JOSE CASTELLANO, Venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-13.554.179, residenciados en la Calle San Antonio, Casa N° 02, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón Punto Fijo-Estado Falcón, con fundamento en lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en la investigación penal contenida en las actuaciones de la Causa que antecede signada con el No. IP11-S-2004-002486, éste Juzgado de Control para decidir considera:
I
Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que sustentan la solicitud Fiscal, se observa que efectivamente de la investigación penal adelantada donde figura como imputado los ciudadanos BONIFACIO ANTONIO SECO CAMPOY, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-7.471.982, residenciado en la Calle Morón, Casa N° 01, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón, EDDY EVELIA NAVAS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.584.125, residenciada en la Calle Principal, Vía Santana, Casa S/N, Moruy Punto Fijo Estado Falcón ANDRY JOSE RODRIGUEZ, venezolano, menor de edad, residenciado en la Calle Principal, Casa S/N, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón, NELSON ADRIAN GOTOPO ATACHO, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.662.350, residenciado en la Calle San Antonio, Casa S/N, Punto Fijo Estado Falcón y LENIN JOSE CASTELLANO, Venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-13.554.179, residenciados en la Calle San Antonio, Casa N° 02, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón Punto Fijo-Estado Falcón, como victima la ciudadana CARMEN RAQUEL MARTINEZ ZAVARCE, titular de la cedula de Identidad 7.529.025, residenciada en el Sector Tierra Blanca, Calle Principal, casa S/N, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón y donde aparece acreditada la existencia el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3° y 9° del Código Penal venezolano, y desde el día Trece de Septiembre del año 1995 fecha en que se cometiera el referido hecho punible hasta el día Seis de Octubre del año 2003 fecha de la presente solicitud fiscal, han transcurrido Ocho (8) Años y Veintitrés (23) Días, lapso de tiempo superior al que requiere el Legislador para que opere la Prescripción de la acción penal respectiva; razón por la que habiéndose extinguido la acción penal es procedente y ajustado a Derecho aceptar la solicitud Fiscal y Ordenar el SOBRESEIMIENTO de la Causa en conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte, estima este Tribunal que no se hace necesaria la convocatoria a la Audiencia Oral a que hace referencia el Artículo 323 del COPP.-

II
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto, seguido contra los ciudadanos BONIFACIO ANTONIO SECO CAMPOY, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-7.471.982, residenciado en la Calle Morón, Casa N° 01, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón, EDDY EVELIA NAVAS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.584.125, residenciada en la Calle Principal, Vía Santana, Casa S/N, Moruy Punto Fijo Estado Falcón ANDRY JOSE RODRIGUEZ, venezolano, menor de edad, residenciado en la Calle Principal, Casa S/N, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón, NELSON ADRIAN GOTOPO ATACHO, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.662.350, residenciado en la Calle San Antonio, Casa S/N, Punto Fijo Estado Falcón y LENIN JOSE CASTELLANO, Venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-13.554.179, residenciados en la Calle San Antonio, Casa N° 02, Moruy, Punto Fijo Estado Falcón Punto Fijo-Estado Falcón, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318, en concordancia con el Artículo ordinal 8° del Artículo 48 ejusdem, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3° y 9° del Código Penal Venezolano. Regístrese Publíquese y Notifíquese a las partes de la presente decisión. Así se Decide.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG. LIMIDA LABARCA
SECRETARIA

ABG. RITA CACERES