REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
CORO, 12 DE JULIO DE 2006.-
AÑOS: 196 Y 145
El tribunal de una revisión efectuada a las actas procesales observa:
El en fecha 09 de junio de 2005 se dictó auto, en el cual suspendió la liberación del tercer cartel de remate, en razón de que no constaba en autos el justiprecio del bien inmueble y fijó el segundo (2do) día de despacho siguiente al de la fecha para la designación de expertos.
Ahora bien, observa esta juzgadora que la liberación del tercer cartel de remate había quedado suspendido por la falta de la certificación de gravámenes, y dado que dicha certificación de gravámenes consta en autos y riela a los folios 192 al 195 del presente expediente, acuerda:
1. librar el tercer cartel de remate, para que se publicado en u Diario de Circulación estadal al décimo día (10) de siguiente continuo al de hoy.
2. Se confirma la designación y juramentación de los expertos, y se les advierte, que deben consignar sus informes dentro de los diez (10) días de despacho siguientes de constar en autos el Diario donde fue publicado el tercer cartel de remate.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


AB. NELLY CASTRO GOMEZ
LA SECRETARIA TITULAR


AB. CECILIA HANSEN.
NOTA: Se libró el tercer cartel de remate. Conste Coro fecha Ut-supra.
LA SECRETARIA TITULAR

AB. CECILIA HANSEN