REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Sala de Juicio N° VII.
Caracas, diez (10) de Julio de 2006.
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-011785
Vistas las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación legal al cargo de Curador Ad-Hoc de la ciudadana HILDA SOLIS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.437.784, a favor del niño xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxx, de seis (06) años de edad, donde se compromete a cumplirlo bien y fielmente.- Por lo cual ésta Sala de Juicio VII, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, haciendo uso de las facultades en el parágrafo cuarto, literal E del articulo 177° de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con el articulo 110° del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc del niño xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxx, de seis (06) años de edad, a la ciudadana HILDA SOLIS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.437.784, con todas las consecuencias legales. Expídase por secretaria copia certificada.-
LA JUEZ,
AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO,
MARTÍN JIMÉNEZ MÚJICA.
AVR/MJM/FreddyGarcía.
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