REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, ( 17 ) de Julio del Dos Mil Seis (2006).-
Años: 196º y 147º.-
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano MANNIX ALEJANDRO DURAN COHEN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.391.515 debidamente asistido por la ciudadana MARISELA DEL CARMEN GUERRA NUÑEZ Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro: 89.224; y los recaudos acompañados a la misma, désele entrada y anótese en los Libros respectivos. Asimismo y por cuanto la pretensión del solicitante no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia por ser el presente procedimiento de mero derecho, en la cual solicita de este Despacho proceda a la rectificación de partida de Nacimiento Nº: 407, del año 1977, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Candelaria, Departamento Libertador del Distrito Federal, (Hoy Municipio Libertador del Distrito Capital), para ello alega que en dicha partida de Nacimiento, se incurrió en el error material al identificar al padre del ciudadano DURAN COHEN MANNIX ALEJANDRO, como “…MANUEL VICENTE DURAN GALVIS, natural de Caracas…”, cuando lo correcto es “…MANUEL VICENTE DURAN GALVIS, natural de San José de Cúcuta, Colombia…”; por lo que la corrección deben versar sobre lo siguiente: Donde diga “…MANUEL VICENTE DURAN GALVIS, natural de Caracas…”, debe decir “…MANUEL VICENTE DURAN GALVIS, natural de San José de Cúcuta, Colombia …”. tal como prueba de la revisión de los recaudos consignados y por tal motivo se evidencia la veracidad de lo denunciado y que los mismos no ameritan un juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en el acta Nº: 407, del año 1977, en los siguientes términos: PRIMERO: Donde diga“…MANUEL VICENTE DURAN GALVIS, natural de Caracas …”, cuando lo correcto es “…MANUEL VICENTE DURAN GALVIS, natural de San José de Cúcuta, Colombia…”; Y ASÍ SE DECIDE. Se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital y a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de su inserción en los Libros respectivos. De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. LEOXELYS VENTURINI.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA TITULAR,
RPV/LV/Mariana.-
EXP: 06-3161.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de Julio del 2006.-
Años: 196º y 147º.-
OFICIO N°:
CIUDADANO:
PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DE LA PARROQUIA CANDELARIA MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL.-
SU DESPACHO.-
Cumplo en dirigirme a Usted con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio copias certificadas librada en la solicitud que por RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, interpuesta por el ciudadano: MANNIX ALEJANDRO DURAN COHEN, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-12.391.515, el cual se sustancia en el Expediente Nº: 06-3161, a fin de que se sirva estampar la correspondiente nota en el acta Nº: 407, de los Libros de Nacimiento llevados por ante esa oficina durante el año 1977.-
Remisión que se le hace a todos los demás fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN,
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA
ANEXO: Lo indicado.-
RPV/LV/Mariana.-
EXP. Nº: 06-3161.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, de Julio del 2006.-
Años: 196º y 147º.-
OFICIO N°:
CIUDADANO:
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL DISTRITO CAPITAL.-
SU DESPACHO.-
Cumplo en dirigirme a Usted con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio copias certificadas librada en la solicitud que por RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, interpuesta por el ciudadano: MANNIX ALEJANDRO DURAN COHEN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-12.391.515, el cual se sustancia en el Expediente Nº: 06-3161, a fin de que se sirva estampar la correspondiente nota en el acta Nº: 407, de los Libros de Nacimiento llevados en el año 1977, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital.-
Remisión que se le hace a todos los demás fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN,
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA
ANEXO: Lo indicado.-
RPV/LV/Mariana.-
EXP. Nº: 06-3161.-
Quien suscribe, ABG. LEOXELYS VENTURINI. , Secretaria Titular del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales los cuales corren insertos en el Expediente Nº: 06-3161, contentivo de la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, interpuesta por el ciudadano: MANNIX ALEJANDRO DURAN COHEN.- Caracas, (17) de Julio del Dos Mil Seis (2006).- Años: 196º y 147º.-
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. LEOXELYS VENTURINI.
RPV/LV/Mariana.-
EXP. N°: 06-3161.-
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