REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, diez (10) de julio de dos mil seis (2006), siendo las 11:30 am se constituye la Juez Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ciudadana Caribay Gauna y la Secretaria Accidental Dubraska Ibarreto, a fin de llevar cabo la práctica de la medida de Secuestro decretada y ordenada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial con motivo del juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue Martha Inés Vera de Bravi y Claudio Bravi Pizzamiglio contra Digi-Board Computers, C.A, (Expediente de la Causa N° 2005-11339) y se trasladan en compañía del abogado Olivo A. Escalante Sánchez, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora quien se encuentra inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.812, y de los ciudadanos Argenis Rivas, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.081.609, en Representación de la Depositaria Judicial La Monay, C.A y Ali Peláez, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.774.760, ambos designados y debidamente juramentados por la Juez de este Despacho previa aceptación de sus cargos, en la siguiente dirección: Inmueble identificado con el N° 7-A, ubicado en el piso 7, edificio Residencias Alto Centro, Calle El Recreo (Prolongación de la Calle Negrín) Sabana Grande, Municipio Libertador del Distrito Capital. Una vez en el lugar indicado la Juez Ejecutora procede a dar los toques de Ley siendo atendido su llamado por el ciudadano Hipócrates Huma, Echeto Marcano, portador de la Cédula de Identidad N° 14.048.978, quien manifiesta laborar como técnico en la empresa, procediendo de seguidas a notificársele de la misión del Tribunal y éste indica que se dirigirá a informarle al encargado quien se encuentra en una de las oficinas. Acto seguido se hace presente el ciudadano Jorge Armando Caballero Delgado, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.249.072, quien manifiesta ser encargado de la empresa y accionista a quien se le procede a notificar de la misión para la cual ha sido comisionado este Juzgado, instruyéndole la ciudadana Juez sobre el deber que tiene de desalojar el inmueble y ponerlo en posesión de la parte actora libre de bienes y de personas, asimismo se hace de su conocimiento que cualquier acción que tenga a bien ejercer debe ser intentada por ante el Tribunal de la Causa y que en principio debe poner en resguardo sus pertenencias personales, joyas, dinero, celulares o cualquier otro objeto u objetos de importancia que deba tener a la mano; de igual manera la Juez Ejecutora requiere al encargado suministrar alguna dirección donde puedan serle trasladados sus bienes. Acto seguido la Juez en espera de que le sea suministrada alguna dirección, ordena al perito avaluador presente, realizar el inventario de los bienes que se encuentran en el interior del inmueble objeto de la medida para el caso de un eventual depósito necesario, siendo los mismos del tenor siguiente: 1°) dieciséis (16) sillas en metal, color negro, tapizadas en tela de diferentes modelos, colores y tamaños; 2) dos (02) archivos en madera y fórmica, color gris con dos gavetas; 3) Un (01) escritorio con su base en metal color negro y madera y fórmica, color gris con dos gavetas. En este estado se suspende el inventario que se estaba realizando por cuanto ha sido aportada como dirección para trasladar los bienes encontrados, la siguiente: Edificio Solmar, apartamento 1B, Calle La Estrella, Urbanización La Campiña, Parroquia El Recreo. Acto continuo la ciudadana Juez en cumplimiento de su misión procede a secuestrar un inmueble identificado con el N° 7-A, ubicado en el piso 7 del Edificio Residencias Alto Centro, Calle El Recreo (Prolongación de la Calle Negrín) Sabana Grande, Municipio Libertador del Distrito Capital y se pone en posesión de la parte actora en la persona de su apoderado judicial abogado Olivo A. Escalante, ya identificado, quien lo recibe conforme libre de bienes y de personas. La Juez Ejecutora cumplida como ha sido su misión, fija a las puertas del inmueble cartel de notificación del cual se ordena agregar su copia fotostática simple, constante de un (01) folio útil. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 2:30 pm y se dispone el retiro del Tribunal a su sede.
LA JUEZ,
CARIBAY GAUNA
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
OLIVO A. ESCALANTE
EL NOTIFICADO
HIPOCRATES ECHETO
EL ENCARGADO
JORGE ARMANDO CABALLERO
EL REPRESENTANTE DE LA DEPOSITARIA
LA MONAY C.A
ARGENIS RIVAS
EL PERITO AVALUADOR
ALI JOSE PELAEZ
LA SECRETARIA ACC,
DUBRASKA IBARRETO
Exp: 2443-06 (Interno)