REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 20 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IJ01-S-2003-000489
ASUNTO : IJ01-S-2003-000489


AUTO DE EXCLUSION DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION PENAL

Visto el escrito presentado por ante este Tribunal por la defensora Publica Cuarta Penal, actuando con el carácter de defensora del ciudadano ENDER JOSE GARCIA MANZANAREZ, en el cual solicita que este Tribunal ordene su exclusión de las Pantallas de del sistema Integrado de Información Penal, este Tribunal para decidir haces el siguiente Análisis:
1) En fecha 24 de Febrero de 2003, es detenido el Ciudadano ENDER JOSE GARCIA MANZANAREZ, por el presunto delito de Robo en la Modalidad de Arrebaton y es presentado al Tribunal de Control.
2) En fecha 25 de Febrero de 2003, se celebra en este Tribunal, la Audiencia de presentación y le son acordadas al ciudadano ENDER JOSE GARCIA MANZANAREZ, en la cual se le acuerdan las Medidas Cautelares Sustitutivas, establecidas en los Ordinales 3° y 4° del Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
3) En fecha 29/10/03, el defensor Publico Séptimo, solicita al Tribunal, la fijación de un Plazo Prudencial, para que el Fiscal presente un acto conclusivo, en contra de su defendido.
4) En fecha 15 de Enero de 2004, el tribunal la fija un plazo Prudencial de sesenta (60) días, al Fiscal del Ministerio Publico, para que presente un Acto conclusivo en el presente Asunto.
5) En fecha 19/10/05, la defensora Publica Cuarta Penal, solicita el Archivo de las presentes Actuaciones.
6) En fecha 20 de Diciembre de 2005, este Tribunal, decreta el Archivo Judicial de las Actuaciones, en el asunto seguido al ciudadano ENDER JOSE GARCIA MANZANAREZ, y el cese inmediato de las medidas de coerción personal, dictadas en su contra.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Por cuanto al decretarse el Archivo Judicial en contra de una persona, con dicha decisión cesan todas las Medidas de Coerción que pudieran pesar sobre el imputado y DESAPARECE LA CONDICIÓN DE IMPUTADO, que tiene la persona de conformidad con el articulo 314 del Código Orgánico procesal penal y el alcance de dicha decisión conlleva consigo la eliminación de de los datos que presenta el mismo, por ante Sistema Integrado de Información Penal,
DECISION
Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estadio Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia , en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Se Acuerda la EXCLUSIÓN del sistema Integrado de Información Penal (causa del C.I.C.P.C G-335-939) del ciudadano ENDER JOSE GARCIA MANZANAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.198.431, domiciliado en la Urbanización Cruz Verde, calle 04, casa N° 16 10, Coro Estado Falcón, a quien se le decreto el Archivo Judicial de la Causa, por el presunto delito de Arrebaton, en perjuicio de LEON VIRGILIO CAMACHO. Y ASI SE DECIDE.

EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. JOSE ALBERTO GONZALEZ CELIS

LA SECRETARIA
ABG. MAYSBEL MARTINEZ