REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 28 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-001268
ASUNTO : IP11-P-2005-001268


IDENTIFICACION DE LAS PARTES:

JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. VICTTOR MOLINA VALDEZ.
FISCAL CUARTA DE TRANSICION MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MARY CARMEN VELAZQUEZ.
HECHO: HURTO CALIFICADO.
IMPUTADO: CESAR ANTONIO COLINA.


SOBRESEIMIENTO.
Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control la Fiscalía del Estado Falcón, representada por la Ciudadana Fiscal del MINISTERIO PÚBLICO ABG. MARY CARMEN VELAZQUEZ. a favor del ciudadano CESAR ANTONIO COLINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV.- no consta en autos documentación personal ,residenciado en Punto Fijo-Estado Falcón .
En la causa penal IP11-P-2005-001268 Conforme el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputa la comisión del delito HURTO CALIFICADO. Previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4° del Código Penal Venezolano, que según el criterio del fiscal, de las investigaciones practicadas, prescribió la acción penal, en perjuicio del SALON DE BELLEZA MISS VENEZUELA.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano CESAR ANTONIO COLINA, fundamentada en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto este tribunal primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa a favor del ciudadano CESAR ANTONIO COLINA, EN VIRTUD DE QUE EL HECHO DE LA INVESTIGACION PRESCRIBIO. Por la comisión del delito: HURTO CALIFICADO, figura esta prevista y sancionada en el artículo 455 ordinal 4°. Por Extinción de la Acción Penal de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

El Juez

El Secretario

Abg. Víctor Molina Valdez

Abg. Mariela Morillo