REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO FALCON
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
ACCIÓN: Intimación (Inhibición)
Expediente No. 4961.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadana CARMEN CECILIA PUENTE de MARTÍNEZ, mayor de edad, venezolana, comerciante, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.861.341, domiciliada en Punto Fijo, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: Ciudadanos Iselda Medina Agüero, Pedro Pablo Chirinos Chirinos, y Argenis Martínez Medina, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el No 30.947, 37.639 y 28.943 respectivamente, de este domicilio.-
PARTES DEMANDADA: Empresa Rijoca C.A.-
JURISDICCIÓN: Civil.-
Por cuanto el Tribunal constata de las actas procesales que desde el día 21 de Mayo del 2002 (folio 15), fecha de la última diligencia de la parte actora, solicitando se libre la boleta de intimación, a los fines de gestionar la citación de la parte demandada, hasta el día de hoy cuatro (4) de Julio del 2006, ha transcurrido mas de cuatro (4) años, sin haber realizado la actora ninguna actuación tendiente a impulsar el proceso, el Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 267, del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, impartiendo justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda.- Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y Regístrese
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los cuatro (4) días del mes de Julio del año dos mil seis. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marin Lopez.
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 2:00 a.m., previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marin Lopez.-
CHL// Lilia
Expediente N° 4961
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