REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DEL NIÑO Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
EN SU NOMBRE


Expediente Nº 3937.-
Visto el recurso de hecho intentado por la abogada Marisela Guinand Mantilla, en su carácter de Fiscal Noveno para la Protección del Niño y del Adolescente del Ministerio Público del Estado Falcón, en representación del niño JOSE ANDRES PETIT GARCIA, contra el auto de fecha 30 de mayo de 2006, dictado por la Sala Primera del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual le negó la apelación ejercida por ésta contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2006, dictada por ese Tribunal que negó la solicitud de colocación familiar del mencionado niño en la persona de su abuela Honoria Colina de Hurtado; quien suscribe para decidir observa:
Con fundamento del auto de fecha 30 de mayo de 2006, que negó la apelación ejercida contra el fallo que negó la solicitud de colocación familiar por parte del Ministerio Público, el Juzgado de la causa señaló que ese procedimiento era de jurisdicción voluntaria y que, por tanto, en esos procedimientos no estaba previsto el recurso de apelación, porque no había contención.
Así las cosas quien suscribe para decidir, observa:
El ordenamiento jurídico es un todo o hermético, por lo que si el juez de la causa no encontró previsto recurso expreso en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente o una norma que negara, debió ir al resto del ordenamiento jurídico procesal específicamente, al artículo 896 del Código de Procedimiento Civil, que otorga recurso de apelación contra las determinaciones judiciales en materia de jurisdicción graciosa; y así se establece.
En consecuencia, el auto apelado debe ser revocado y ordenarse al Juzgado de la causa, oír libremente el recurso de apelación ejercido por el Ministerio Público; y así se decide.
En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar el recurso de hecho intentado por la abogada Marisela Guinand Mantilla, en su carácter de Fiscal Noveno para la Protección del Niño y del Adolescente del Ministerio Público del Estado Falcón, en representación del niño JOSE ANDRES PETIT GARCIA, contra el auto de fecha 30 de mayo de 2006, dictado por la Sala Primera del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual le negó la apelación ejercida por ésta contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2006, dictada por ese Tribunal que negó la solicitud de colocación familiar del mencionado niño en la persona de su abuela Honoria Colina de Hurtado, auto que se revoca.
SEGUNDO: Se ordena oír libremente a Sala Primera del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, la apelación ejercida por el Ministerio Público.
No se imponen constas procesales.
Publíquese, regístrese y agréguese.
Dada sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial,, con sede en Santa Ana de Coro, a los veinte (20 )días del mes de junio de dos mil seis (2006). Años 196 de la Independencia y 147 de la Federación.
EL JUEZ TITULAR,

Abg. MARCOS R. ROJAS G.
EL SECRETARIO TEMPORAL,

Abg. DANIEL CURIEL F.
Nota: la anterior decisión se dictó y publicó en su fecha 2000-06-06, a la hora de ___________________________________ ( ). Se dejo copia certificada en el libro copiador de sentencias.
EL SECRETARIO TEMPORAL,

Abg. DANIEL CURIEL F.
Sentencia Nº 079-J-20-06-06.-
MRG/DCF/marta.-
Exp. Nº 3937.-