REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. TUCACAS, DOS (02) DE JUNIO DE DOS MIL SEIS (2006).------------------------------------------------------
AÑOS: 195º Y 147º
Vista la diligencia de fecha 30-05-2005, suscrita por el Abg. MIRCO LERMA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 55.067, mediante la cual solicita le sea acordada la entrega del 50% de la cantidad consignada en el presente expediente de consignación. En consecuencia, este Tribunal SE ABSTIENE de hacer entrega de la suma consignada hasta tanto los solicitantes, demuestren el buen derecho y la propiedad de la referida suma, por cuanto de autos se desprende que el solicitante ALBERTO SIMON SIMON EIZAGA, ampliamente identificado en autos, tiene derecho solo sobre el 20% del 50% que alega tener, en virtud de la cesión efectuada al ciudadano: FRANCISCO ANTONIO MARQUEZ VELASCO, según copia del documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Silva del Estado Falcón, bajo el Nº 6, Protocolo Primero, Tomo Octavo, Cuatro Trimestre del Año 2002, la cual riela a los folios sesenta al sesenta y dos, ambos folios inclusive. Motivo por el cual se insta nuevamente a los solicitantes, dirimir el conflicto de intereses originado, por ante la instancia superior respectiva. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.-
Abg. DALMIRA MARIA BARRERA.-
LA SECRETARIA TEMPORAL.
MAGDA MILAGRO COLINA.
En la misma fecha de hoy se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.
LA SECRETARIA TEMPORAL.
MAGDA MILAGRO COLINA.-