REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 05-06-2.006, se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Estado Falcón, contentivo de Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo sobre Bienes Muebles e Inmuebles propiedad de la Parte Demandada de autos; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 05-06-2.006, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abog. Numa Miranda Hidalgo, actuando con el carácter de apoderado Judicial del ciudadano: Héctor Julio Maduro Petit, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la Medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo, fijándose para ello el día respectivo.-
En fecha 05-06-2006, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Estado Lara, librado con motivo del Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, intentado por el Abog. Numa Miranda Hidalgo, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: Héctor Julio Maduro Petit, en contra de la Empresa Banesco Banco Universal, C.A., anteriormente Banco Unión Saca y/o Unibanca; en dicho acto, una vez que se notificó a la Gerente de la parte demandada y oída la solicitud del Apoderado Actor de la Parte Demandante de la materialización de la Medida, por lo que la Representante de la Accionada, consignó en este ato Cheque de Gerencia a nombre del Demandante ciudadano: Héctor Julio Maduro Petit y recibido conforme por el Abog. Numa Miranda Hidalgo, actuando con el carácter antes expresado; en virtud del ofrecimiento de pago total del monto condenado a la Parte Acciónate y una vez aceptado lo ofrecido, este Tribunal a solicitud del Ejecutante, se abstiene de practicar la Medida para la cual fue comisionada, por lo que cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal de Origen. En esta misma fecha se remiten, mediante Oficio N° 163-2006, constante de once (11) folios útiles, debidamente cumplido.-