REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de juicio N° VII.-

Caracas, 19 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-S-2006-010850

Vista la solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano JAIRO ANDRES GUTIERREZ PINZON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.783.495, debidamente asistida por la profesional en derecho MARIA AUXILIADORA GONZALEZ, e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 16.838 y, vista de igual manera la aceptación de la ciudadana GONZALEZ MILANES MARISOL, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.827.710, al cargo propuesto, es por lo que esta Sala de Juicio del Circuito Judicial conforme a lo dispuesto en el artículo 110 del Código Civil le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc a la ciudadana GONZALEZ MILANES MARISOL, anteriormente identificada, en beneficio de la adolescente y al niño, de doce (12) y de seis (06) años de edad. Se insta a la parte solicitante a fin de que consigne los fotostátos a certificar.-
LA JUEZ


AIMAR VALENCIA RIZO

EL SECRETARIO


MARTIN JIMENEZ MUJICA

AVR/JasminC.-