REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 6 de Junio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2006-000041
ASUNTO : IP01-D-2006-000041


Visto el escrito presentado por el Abg. Maria Gabriela Leañez en su carácter de Fiscal décimo primero del Ministerio Público donde presenta y pone a disposición de este Juzgado al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna quien aparece como imputado en el presente asunto por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y Sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, solicitando a este Juzgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 582 literal “e” de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente se Decrete Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al prenombrado adolescente, que bien tenga haber este tribunal; Efectuada la audiencia de presentación y oídas como han sido todas las partes en sus exposiciones este Tribunal Primero de Control de la sección adolescente considerando la naturaleza del hecho, que no existen los suficientes elementos de convicción para decretar la medida Cautelar solicitada por la Representación Fiscal, ya que solo constan en las actuaciones lo expresado en el acta policial ,en la que solo narran como aprendieron al adolescente, ni presentan testigos que pudieran dar fe de lo sucedido, por lo que este Juzgado por ser Garante de los principios y garantías constitucionales Acuerda CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA en relación a la LIBERTAD PLENA del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna , en consecuencia este Tribunal Primero de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA LIBERTAD a el adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna , , hijo (a) de Jesús Antonio Torres Chirinos y Hermoso Quintero Belkis Josefina de conformidad con los artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 de la Constitución Nacional en consecuencia, líbrese la correspondiente boleta de libertad, ofíciese al archivo judicial sección adolescente, a fin de darle entrada en los libros a la presente y remítanse el presente asunto, al Ministerio Público para proseguir con la investigación.


Abg. Enialina Ruiz Ortiz
La secretaria de Sala

Abg. Carysbel Barrientos
Juez Primero de control