REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 28 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2004-000231
ASUNTO : IP11-P-2004-000231
AUTO ORDENANDO REMITIR AL ARCHIVO LA 2DA PIEZA DEL ASUNTO PENAL
Por cuanto el Tribunal observa en el presente asunto seguido en contra de los penados WILLIS ALBERTO DORIA VARGAS Y REINALDO PEROZO, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, el informe Técnico salio negativo, lo que hace que no sea apto para otorgar ningún beneficio por los momentos, y como quiera que en fecha 09 de Mayo, en visita efectuada por la Jueza de Única de Ejecución fue informado, de dicho resultado, por lo tanto debe esperar por un lapso de seis (06) meses para poder optar nuevamente por un beneficio. Así mismo se le informó que a partir del 31 de Agosto del corriente año puede optar a la Redención por el Trabajo o estudio. En consecuencia se Ordena remitir la Segunda Pieza del expediente al archivo para que forme parte del asunto Principal.-
La Jueza Única de Ejecución
Abog. Límida Labarca Báez
La Secretaria
Abog. Mariela Morillo