REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal Del Estado Falcón
Tribunal Tercero de Control
Santa Ana de Coro, 08 de Junio de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IJ01-P-2001-00000059

AUTO DECRETANDO EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES

En fecha 11 de Abril de 2006, este Tribunal, de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, fijó un plazo de Cuarenta y Cinco (45) días, a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Falcón, para que presentara el respectivo acto conclusivo en el presente asunto seguido en contra del imputado: Alejandro José Martínez, bien identificado en el presente asunto; Este tribunal observa que la Fiscalía Cuarta hasta la presente fecha no ha interpuesto acto conclusivo alguno en contra del referido imputado, razón por la cual se decreta el Archivo de las actuaciones que conforman el presente asunto, cesando así a partir de la presente fecha todas las Medidas Cautelares a las que se encuentra sometido el mencionado ciudadano, así como también su condición de imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 de la norma adjetiva penal y así se decide.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Decreta: El Archivo de las Actuaciones del presente asunto signado con el numero: IJ01-P-2001-00000059, que se sigue en contra de los ciudadanos: Alejandro José Martínez, arriba bien identificado, de conformidad con lo previsto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones que conforman el presente asunto a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público en su debida oportunidad. Cúmplase.

JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. HELY SAUL OBERTO
SECRETARIA
ABG. CARYSBEL BARRIENTOS.