REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUBSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.


Expediente N° 8679
 DEMANDANTE: LUIS ENRIQUE VARGAS, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N°3.831.105, y de este domicilio.
 ABOGADO ASISTENTE ACTOR: PEDRO BURGOS TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.219.
 DEMANDADA: BERTHA NOEMI VIZCARRONDO URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 4.579.078.
 MOTIVO: DIVORCIO.

Vista la diligencia de fecha 10 de marzo de 2006, suscrita por el ciudadano LUIS ENRIQUE VARGAS, asistido por el abogado OSWALDO MADRIZ, quien Desiste del Procedimiento y se homologue el mismo.
Ahora bien, por cuanto quien realiza el desistimiento en el presente juicio, tiene la facultad procesal para hacerlo de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, EL DESISTIMIENTO, realizado por el ciudadano LUIS ENRIQUE VARGAS, asistido por el abogado OSWALDO MADRIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.864
En consecuencia se da por terminada el presente procedimiento, y se ordena el archivo del presente expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los catorce (14) días del mes de marzo del dos mil seis (2.006). Años: 195 de la Independencia y 146 de la Federación. (mery).-

EL JUEZ TEMPORAL

ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA

ABG. DENNY CUELLO

NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo la 1:30 p.m, previo el anuncio de ley, quedando anotado bajo el Nº 88, en el libro de Sentencias.

LA SECRETARIA

ABG. DENNY CUELLO.