REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUBSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
Expediente N° 8426
DEMANDANTE: LIDA JOSEFINA HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° 5.290.290, y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE ACTOR: VICTOR LEAÑEZ FUGUET, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 2.642.
DEMANDADO: HUMBERTO ANTONIO GARCIA MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.680.883.
MOTIVO: DIVORCIO.
Visto el escrito de fecha 29 de marzo de 2006, suscrito por la ciudadana LIDA JOSEFINA HERNANDEZ, asistida por el abogado VICTOR LEAÑEZ FUGUET, quien Desiste de la demanda y pide se homologue el mismo.
Ahora bien, por cuanto quien realiza el desistimiento en el presente juicio, tiene la facultad procesal para hacerlo de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, EL DESISTIMIENTO, realizado por la ciudadana LIDA JOSEFINA HERNANDEZ, asistida por el abogado VICTOR LEAÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2.642.
En consecuencia se da por terminada el presente procedimiento, y se ordena el archivo del presente expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los Treinta (30) días del mes de marzo del dos mil seis (2.006). Años: 195 de la Independencia y 146 de la Federación. (mery).-
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA
ABG. DENNY CUELLO
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo la 9:30 a.m, previo el anuncio de ley, quedando anotado bajo el Nº 107, en el libro de Sentencias.
LA SECRETARIA
ABG. DENNY CUELLO.
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