El Tribunal se trasladò y constituyò en un inmueble ubicado en la Calle General Pelayo, Conjunto Residencial Puerta Esmeralda, signada Nº 01, Sector Puerta Maraven del Municipio Carirubana del Estado Falcòn, con el objeto de proceder a la pràctica de la medida de secuestro a que se contrae la presente comisiòn. Seguidamente, el Tribunal notificò de su misiòn al ciudadano Hèctor Manuel Pizarro Parra, en su condiciòn de demandado en la causa orìgen de esta comisiòn, quien no hizo oposiciòn alguna a la ejecuciòn de la medida, por lo que se procediò a cumplir con lo ordenado delarando secuestrado el inmueble donde se encuentra constituido y el cual es objeto de la presente comisiòn, por todo ello se designa como Depositario Judicial Provisional del mismo al Apoderado Actor, quien acepta el cargo designado en nombre de su representada, haciendo la observaciòn de tal designaciòn en virtud de que la Depositaria Judicial de esta jurisdicciòn aùn se encuentra suspendida por òrdenes del Ministerio del Interior y Justicia; quien recibe el inmueble secuestrado en el estado en que se encuentra y con el mobiliario existente en su interior en buenas condiciones; por lo que erl Tribunal habiendo cumplido con el motivo de su misiòn acuerda devolver la comisiòn al Comitente y su reconstituciòn a su sede natural.
|