REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 14 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2005-000210
ASUNTO : IP11-S-2005-000210

JUEZ PRIMERO DE CONTROL: Abg. Narquis Chirinos
FISCAL SEXTO DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. CRUZ ALEXANDER
SECRETARIO: ABG. Jamil Richani
IMPUTADO (S): MANUEL GOMEZ IRAUSQUIN
DEFENSORA: ABG. LISBETH SALAS

AUTO DE REVISION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD

Visto el escrito presentado por el imputado, ciudadano Manuel Gómez Yrausquin, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal, numero. 12.286.365 residenciado en los Taques, Avenida Principal. Urbanización el Portal, casa N.| 25, Punto Fijo Estado Falcón, donde solicita se le conceda el cumplimiento de a las medidas cautelares Sustitutivas impuestas y se fije la presentación en la Ciudad de Barinas, asunto que cursa por ante este Tribunal primero de control por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de JESUS DAVID HENRIQUE HENRICHE, por estar su residencia y actividad Laboral. Este Tribunal para Proveer observa:
Consta en las actas que conforma el presente asunto que se inicia el presente proceso mediante solicitud de orden de Aprenhension interpuesta por la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico, en fecha 08 de Diciembre del año 2005, se lleva a efecto la Audiencia Oral de presentación de imputados, donde se le impone la Medida de Arresto domiciliario, medida que debe cumplir en su domicilio , el día 7 de Diciembre solita el Ministerio Publico una Prorroga a fin de presentar el correspondiente acto conclusivo, pasado el lapso el ministerio publico no presento el acto, por lo que se impone al imputado una medida cautelar menos gravosa consistente en la presentación periódica una vez por semana los días martes dentro del horario de 8;30 AM 3:30 PM, y la prohibición de salida de la península de Paraguana sin autorización del Tribunal, por lo que han transcurrido 4 meses, sin que el ministerio publico presente el acto conclusivo se hace procedente la revisión y examen de la medida, y se impone una menos gravosa consistente en la ampliación del régimen de presentación periódica por ante el Tribunal Cada Quince días en el horario de 8:30 AM a 3:30 PM, se exceptúan las presentaciones los fines de semana, es decir sábado y domingo, se revoca la medida de prohibición de salida de la península de Paraguana, sin autorización del Tribunal, todo de conformidad con el articulo 264 y el articulo. 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. a los fines de seguir garantizando el sometimiento del imputado al proceso, hasta que el Ministerio Publico presente su correspondiente acto conclusivo,

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de control del Circuito Judicial Penal deL Estado Falcón. Extensión Punto Fijo. Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta la revisión y Examen de las medidas impuesta al imputado ciudadano Manuel Gómez Yrausquin, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal, numero. 12.286.365 residenciado en los Taques, Avenida Principal. Urbanización el Portal, casa N.| 25, Punto Fijo Estado Falcón, asunto que cursa por ante este Tribunal primero de control por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en perjuicio de JESUS DAVID HENRIQUE HENRICHE e impone una menos gravosa, consistente en mantener el régimen de presentación periódica por ante el Tribunal Cada Veinte días, por ante el Tribunal en el horario de 8:30 AM a 3:30 PM, se exceptúan las presentación los fines de semana, es decir sábado y domingo, se revoca la medida de prohibición de salida de la península de Paraguana, sin autorización del Tribunal, todo de conformidad con el articulo 264 y el articulo. 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la publicación de la presente resolución. Así se decide.-


La Juez Primero de Control

Abg. Narquis Chirinos


El Secretario

Abg. Jamil Richani