REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 7 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IJ11-S-2001-000098
ASUNTO : IJ11-S-2001-000098

IDENTIFICACION DE LAS PARTES.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: Abg. Narquis Chirinos.
FISCAL DECIMO TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. Mario Morelo Rodríguez
IMPUTADO: Richard Díaz Sáez
HECHO: Estupefacientes y psicotrópicos
SECRETARIO: Abg Jamil Richani

SOBRESEIMIENTO.

Visto y analizado como ha sido el escrito, presentado por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ABG. Mario Morelo Rodríguez, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 48 ordinal 8 ejusdem, Seguida contra: Richard Díaz Sáez. Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal número: 15.140.444, residenciado en la Calle Libertad, casa s/n, Punto Fijo. Por la Presunta comisión de uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica de Estupefacientes y psicotrópicos. Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se observa que la presente investigación penal se inicia, motivado a que funcionarios adscritos a la Zona policial N° 7 de las fuerzas armadas, realizaban labores de recorrido a pie se observo a unos ciudadanos en actitud sospechosa procediéndose a una revisión personal incautándole solo a uno de ellos en el pantalón a Richard Díaz Sáez, una caja de fósforo contentiva de un gramo y ocho decimas de droga conocida como cocaína por lo que se procede a su detención
Consta acta de audiencia de presentación de imputado donde el tribunal declaró nula las actuaciones del procedimiento de conformidad con los artículos 207, y 208.
Determinaron los expertos en la prueba botánica que la sustancia es de las conocidas cocaína.
Por lo que se determina la camisón de un hecho punible como la posesión ilícita de estupefacientes enjuiciable de oficio por no estar apegados a los preceptos normativos el presente procedimiento señala el ministerio publico que resulta inoficioso pronunciarse sobre los elementos para inculpar o exculpar al hoy imputado toda vez que en su oportunidad procesal no fueron interpuestos los recursos procesales pertinentes quedando definitivamente firme la decisión del Tribunal que anulo las actuaciones de investigación por el hecho de no haberse realizado la revisión personal en presencia de los testigos exigidos por la norma procesal en tal virtud queda sentado la decisión con fuerza de cosa juzgada lo que no hace posible pronunciarse sobre la imputación del mencionado imputado

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto este tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, a favor de ciudadano Richard Díaz Sáez. Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal número: 15.140.444, residenciado en la Calle Libertad, casa s/n, Punto Fijo. Por la Presunta comisión de uno de los delitos previstos en la Ley Orgánica de Estupefacientes y psicotrópicos. Por estar acreditada la Cosa Juzgada en la presente causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° y 48 orinal 8° del Código de Procesal Penal. A si se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase. Librese las correspondientes boletas de notificación a las partes .- Así se decide


EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG .Narquis Chirinos

SECRETARIO

Abg. Jamil Richani