REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 10 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO: IP01-P-2003-000156
AUTO ORDENANDO HACER EFECTIVA LA ORDEN DE APREHENSIÓN DECRETADA
Visto que en fecha 21-12-06, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de ejecución Resolvió Revocar el Beneficio de Destacamento de Trabajo decretado a favor del Penado RIOS CAMARGO JEAN CARLOS, y ordenó en esa misma fecha, librar la correspondiente Orden de Aprehensión, siendo que hasta la presente fecha no se ha hecho efectiva, este Tribunal acuerda librar los oficios a todos los Órganos de Investigación Penal a los fines de que hagan efectiva la captura del prenombrado ciudadano y lo ingresen al internado Judicial de esta Ciudad con las seguridades del caso, a la orden de éste Tribunal. Librese la correspondiente Orden de Aprehensión a los distintos Cuerpos Policiales de la región. Remítase orden de aprehensión al Fiscal 17 del Ministerio Público, notifíquese a la defensa y remítase oficio copia de la presente decisión a la Dirección del Internado Judicial y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Cúmplase.



ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA SEGUNDA DE EJECUCIÓN


ABG. MAYSBEL MARTINEZ
LA SECRETARIA