REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Extensión Punto Fijo

Punto Fijo, 22 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-000210
ASUNTO : IP11-P-2006-000210

AUTO MOTIVADO ACORDANDO DESESTIMACIÓN DE DENUNCIA


Visto el escrito presentado por la Abg. KLEIDYS DÍAZ MARÍN, en su carácter de Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público, mediante el cual solicita de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 24, 301 y 302, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se Desestime la denuncia que cursa por ante ese despacho signada con los números y letras 11-F15-0815-05, interpuesta por la adolescente MARIA FERNANDA TOVAR CHAVEZ, en compañía de su progenitora ELIZABETH COROMOTO CHAVEZ MIRANDA, en contra de un ciudadano del cual no sabe su nombre. En virtud de lo anterior este Tribunal, previo a la emisión de algún un pronunciamiento acerca del pedimento de la representante del Ministerio Público, provee tomando en consideración siguiente: Observa este Tribunal de las actas que acompañan el asunto que la adolescente MARIA FERNANDA TOVAR CHAVEZ, acompañada de su progenitora ELIZABETH COROMOTO CHAVEZ MIRANDA, compareció por ante el Comando de la Zona 2 de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón con la finalidad de exponer lo siguiente: “el día miércoles 15/06/2005, como a las 7:30 de la noche, estaba en casa de mi tía que se llama marina que esta al frente de la casa donde vivo con mis abuelos, entonces me llega un que mi primo le repara el carro y me pregunta por él, yo le dije que estaba en casa de mis otros primos y me dijo que él pasaba mañana, al otro día paso como a las 4:30 de la tarde y me pidió mi numero de teléfono, para llamar a mi primo, y en la noche como a las 8:30 de la noche y me pregunto que si YO quería ser su novia y le dije que no porque él podía ser mi papa y me dijo que la edad no importa y le corte, al otro día me mando un mensaje y me decía que “que paso con la broma” y que el viernes me iba a buscar a la escuela para darme un beso en la boca, después me llamo y me dijo que si no quería salir con él el viernes a las 2 de la tarde y yo le decía que no iba a salir con él porque no lo conocía,…, el viernes cuando fui para la escuela estaba allá,…, y yo me asomaba por la ventana del salón y él me llamaba,…, y fui para la biblioteca a buscar un libro y él estaba allí parado; el día de hoy cuando fui a la escuela vi que él estaba parado en el frente,…, y me estaba llamando y no le hice caso.”. En el presente caso se observa que tales hechos no revisten Carácter Penal, si bien es cierto que el denunciante alega que un ciudadano del cual no conoce su nombre la ha buscado, dicha conducta no puede encuadrarse dentro de ninguno de los supuestos de hecho previstos y sancionados en el Código Penal ni en las leyes especiales.-
DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto y en consecuencia éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le Confiere la Ley, acuerda de conformidad con lo solicitado a Desestimar la denuncia interpuesta por la adolescente MARIA FERNANDA TOVAR CHAVEZ, venezolana, nacida el 19/11/1993, de 11 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.798.601, residenciado en la calle progreso entre calles panama y Uruguay, casa 11-82, Punto Fijo Estado Falcón; en fecha 20 de Junio de 2005, ante el Comando de la Zona 2 de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, en contra de un ciudadano del cual desconoce su nombre , en virtud de que los hechos plasmados en le referida denuncia no Revisten Carácter Penal, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, y Así Se Decide. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, en su oportunidad legal, a los fines de que procedan a su Archivo Fiscal, todo a tenor de lo previsto en los Artículos 302 en concordancia con el Artículo 315, ambas del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes. Cúmplase con lo ordenado.-
La Juez Segundo de Control (S),

Abg. Rita Cáceres Secretario,

Abg. Mariela Morillo