REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 21 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IJ11-S-2000-000002
ASUNTO : IJ11-S-2000-000002
AUTO DECRETANDO PRORROGA
Visto el escrito presentado por el Ciudadano Abogado Ramón Antonio Navas, en su carácter de Defensor Público Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, actuando como Defensor del Matadero Municipal de Punta Cardón, Imputado en el presente asunto, por la presunta comisión de los Delitos contemplados en la Ley Penal del Ambiente, y de los Recursos Naturales Renovables, a través del cual solicita sea prorrogado el permiso de funcionamiento del Matadero Municipal de Punta Cardón. Este Tribunal DECRETA: Por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho ni al Orden Público otorgar la prorroga solicitada solo por un lapso de Un año (1) y (6) Seis meses, contados a partir del vencimiento del lapso anterior. Notifíquese a las partes, regístrese. Cúmplase.
Jueza Tercero de Control
La Secretaria
Abg. Morela Ferrer de Coronado
Abg. Mariela Morillo