REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 21 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IJ11-S-2000-000002
ASUNTO : IJ11-S-2000-000002



AUTO DECRETANDO PRORROGA

Visto el escrito presentado por el Ciudadano Abogado Ramón Antonio Navas, en su carácter de Defensor Público Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, actuando como Defensor del Matadero Municipal de Punta Cardón, Imputado en el presente asunto, por la presunta comisión de los Delitos contemplados en la Ley Penal del Ambiente, y de los Recursos Naturales Renovables, a través del cual solicita sea prorrogado el permiso de funcionamiento del Matadero Municipal de Punta Cardón. Este Tribunal DECRETA: Por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho ni al Orden Público otorgar la prorroga solicitada solo por un lapso de Un año (1) y (6) Seis meses, contados a partir del vencimiento del lapso anterior. Notifíquese a las partes, regístrese. Cúmplase.


Jueza Tercero de Control

La Secretaria

Abg. Morela Ferrer de Coronado

Abg. Mariela Morillo