REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada en fecha 25-05-2.006, a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el cual se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes Muebles propiedad de la parte demandada; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que el Ejecutante así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 24-01-2.007, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abog. Jesús E. Vivas P., quien donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la Medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia, este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo, fijándose para ello el día respectivo; este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C. A., en virtud de información suministrada mediante Circular N° 10, de Fecha 09/05/2006, emanada de la Rectoría del Circuito Judicial del Estado Falcón, por lo que a solicitud de la parte Ejecutante se designa como Depositario al Lcdo. Eliomar Navas y como Perito al ciudadano David Ceballo, a quienes se le libra boleta de notificación.-
En fecha 01-02-2007, se dicta auto, por cuanto la parte ejecutante no compareció para la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho a quien se le dio oportunidad para la presente fecha; este Tribunal acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 23-02-2.007, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abog. Jesús E. Vivas P., quien donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la Medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia, este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo, fijándose para ello el día respectivo; se le libra boleta de notificación a los Auxiliares de Justifica previamente designados.-
En fecha 13-03-2007, se dicta auto, por cuanto la parte ejecutante no compareció para la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho a quien se le dio oportunidad para la presente fecha; este Tribunal acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 10-04-2.007, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abog. Jesús E. Vivas P., quien donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la Medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia, este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo, fijándose para ello el día respectivo; se le libra boleta de notificación a los Auxiliares de Justifica previamente designados.-
En fecha 02-05-2007, se dicta auto, por cuanto la parte ejecutante no compareció para la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho a quien se le dio oportunidad para la presente fecha; este Tribunal acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, una vez que la parte interesada así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 15/11/2007, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abg. Jesús Vivas, en virtud de la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, a fin de practicar el Mandamiento de Ejecución a que se contrae el presente Despacho, fijándose para ello el día respectivo.-
En fecha 19/11/2007, se levanta Acta a fin de darle fiel cumplimiento al Mandamiento de Ejecución, librado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda del Estado Falcón, constituyéndose este Tribunal en la Tipografía Tecno Impreso, a solicitud del Ejecutante, procediéndose a notificar al Demandado Miguel Ángel Puig Sierralta, quien es hijo del dueño de la Imprenta y a quien se le notificó de la Misión encomendada a este Tribunal, previa lectura del Despacho por la Jueza Ejecutora de Medidas. Siendo las 9:55 a.m., se concluye el acto.
En fecha 28/11/2007, se dicta auto, donde se le da entrada al Oficio Nº 452-07, de fecha 26/11/2007, emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda del Estado Falcón, por medio del cual solicitan la remisión del presente Despacho a la mayor brevedad posible, en el estado en que se encuentra; este Tribunal, en consecuencia, acuerda de conformidad su remisión. En esta misma fecha se remite con Oficio Nº 384-2007, constante de veintinueve (29) folios útiles.-