REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 9 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-000502
ASUNTO : IP11-P-2006-000502


AUTO QUE
DECRETA LA LIBERTAD PLENA

Visto el escrito presentado por la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Publico Abg. Meury Leidenz, de esta circunscripción judicial del Estado Falcón, donde solicita la libertad plena del ciudadano: LUIS EDUARDO FONSECA, venezolano, de treinta años de edad, titular de la cedula de identidad personal numero 17.923.299, nacido en fecha /0910/ 1975, natural de Pueblo Nuevo y residenciado en las Cumaraguas, casa sin numero,.Estado Falcón. Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente asunto se evidencia la comisión de un hecho punible enjuiciable a instancia de parte agraviada, por cuanto el Ministerio Publico de oficio no puede ejercer la acción Penal. Para Proveer de tal solicitud observa el Tribunal:
Que dicha solicitud no es contraria a derecho ni al orden público, consta el presente asunto de acta policial, debidamente suscrita por los funcionarios actuantes así como denuncia interpuesta por la presunta victima se infiere de los hechos que los mismo se producen concretamente en el Hotel La Mansión, mediante llamada telefónica que recibiera los funcionarios policiales de que en el establecimiento del referido lugar, se encontraba un ciudadano que le había ocasionado destrozos a su propiedad y que estaba tomando una actitud violenta por lo que se traslada una comisión policial al lugar una vez allí se entrevistan con la ciudadana JUNAICI MOLINA, quien informo que el referido ciudadano había utilizado una habitación y en el momento que salía la camarera verifico que estaba sobre el piso un televisor con daños aparentes al caer de sus bases… Se procedió a la revisión personal y detención de ciudadano antes mencionado. ..” En tal virtud se evidencia la comisión de uno de los delito contra la Propiedad perseguible a instancia de parte agraviada, por lo que se hace procedente la solicitud del ministerio Publico
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Primero de control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón. Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venenuelo y por Autoridad de la Ley la Libertad Plena del ciudadano: LUIS EDUARDO FONSECA, venezolano, de treinta años de edad, titular de la cedula de identidad personal numero 17.923.299, nacido en fecha /0910/ 1975, natural de Pueblo Nuevo y residenciado en las Cumaraguas, casa sin numero,.Estado Falcón. Por cuanto se evidencia la comisión de un hecho punible, enjuiciable a instancia de parte agraviada, de conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Librese las correspondientes Boleta de Libertad y notifíquese al Ministerio Publico Competente y remítase en su oportunidad procesal a la fiscalia Así se decide.-

ABG. NARQUIS CHIRINOS
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
SECRETARIO
Abg. Jamil Richani