REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 15 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IL11-P-2000-000025
ASUNTO : IL11-P-2000-000025
AUTO SOLICITANDO INFORMACIÓN
De la revisión minuciosa del presente asunto penal, seguido contra el ciudadano penado Juan Ramón Jiménez, se observa que en fecha 27 de marzo de 2000, este Tribunal de Ejecución le otorgo el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, imponiendo las condiciones en fecha 28 de ese mismo mes y año, la cual debía cumplirse en fecha 25-02-2007, según el último cómputo efectuado por este Juzgado; y como quiera que unas de las condiciones impuestas fue de presentarse cada 20 días por ante el Tribunal de Ejecución del Estado Zulia con sede en Cabimas, es por lo que este Tribunal a fin de verificar el fiel cumplimiento de las mismas, acuerda oficiar al referido Tribunal a fin de que informe sobre el cumplimiento de las presentaciones impuestas al referido penado. Cúmplase con lo ordenado, en Punto Fijo a los dieciséis (16) días del mes de Mayo de dos mil Seis (2006).-
Juez de Ejecución
Abg. Rita Cáceres
La Secretaria,
Abg. Mariela Morillo
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