REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 22 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IL11-P-2000-000019
ASUNTO : IL11-P-2000-000019


AUTO DE AMPLIACIÓN DE PRESENTACIONES

Por cuanto se observa que en fecha 19 de mayo del presente año, se recibió oficio N° 179-06, de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, suscrito por la socióloga Nidia Rodríguez, Delegado de Prueba asignado al penado Norberto José Mújica, y quien actualmente goza del Beneficio de Libertad Condicional, a través del cual informa es este Tribunal que el referido penado, ha cumplido de manera responsable las entrevistas programadas por ese despacho y como quiera que el referido penado a través de su defensor, solicitó la ampliación del régimen de presentaciones cada 30 días, por cuanto las mismas interfiere con su actividad laboral, al cual se encuentra sometido en los actuales momentos.

Esta Juzgadora a los fines de resolver tal pedimento observa lo siguiente:
 Este Tribunal otorgo en fecha 02 de agosto de 2005, el Beneficio de Libertad Condicional, en favor del penado de autos, NORBERTO MUJICA, en virtud de encontrarse llenos los requisitos de procedencia que estipula el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal derogado, imponiéndole al referido penado una serie de condiciones de obligatorio cumplimiento so pena de revocatoria de la medida acordada. Entre las cuales se encontraba la Presentación periódica, una vez cada 30 días por ante éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal extensión Punto Fijo.

 La Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario le designo como delegado de prueba para supervisar el régimen de prueba, a la Soc. Nidia Rodríguez, quien en fechas 30/09/2005 y 4/2006, informa al Tribunal sobre la supervisión mantenida sobre el penado Norberto José Mújica, manifestando que ha demostrado responsabilidad, e igualmente que tiene un nivel de supervisión mínimo por parte de la delegado de prueba en virtud del comportamiento demostrado.

 Ahora bien el Tribunal requirió información al Cuerpo de Alguacilazgo, quien en fecha 18/04/2006, remitió oficio con copia del libro de presentaciones donde se encuentra asentado el penado Norberto José Mújica, de lo cual se desprende que el mismo se ha presentado una vez al mes, comenzando desde el 4/10/2005, y continuando en fechas 4/11/2005; 5/12/2005; 5/01/2006; 6/02/2006; 6/03/2006 y 5/04/2006, dando fiel cumplimiento a la medida impuesta. Igualmente del Sistema JURIS 2000, se desprende que el penado en cuestión se presento en fecha 5/05/2006.

En este mismo orden de ideas observa este Tribunal que lo requerido por el penado en cuestión, no desvirtúa de ninguna manera el Beneficio que le fuera concedido, por lo que lo solicitado no es contrario a derecho, y en tal sentido considera procedente revisar la Medida de presentación impuesta al penado de autos, y a los fines de garantizar al imputado el derecho al Trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, de la Constitución de la República.

En tal sentido este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda ampliar el régimen de presentaciones impuesto al penado, ciudadano Norberto José Mújica, titular de la Cédula de Identidad No. 3.681.901, y plenamente identificado en actas, de cada treinta (30) días, a cada Sesenta (60) días; presentaciones estas que seguirá efectuando por ante el cuerpo de alguacilazgo que funciona en esta sede, durante los días de semana, en un horario de 8:30 de la mañana a 3:30 de la tarde, manteniéndose intactas las demás condiciones impuestas. Todo ello de conformidad con lo preceptuado en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide. En consecuencia remítase copia certificada de esta decisión a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Líbrese oficio al Coordinador del Cuerpo de Alguacilazgo a los fines de informarle sobre la ampliación del régimen de presentaciones acordado. Notifíquese al Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público, a la Defensora Publica Segunda con competencia en ejecución de penas y al imputado de autos. Regístrese, publíquese y Cúmplase con lo ordenado. En Punto Fijo a los veintidos (22) días del mes de mayo de dos mil seis (2006).-
JUEZ DE EJECUCIÓN,


ABG. RITA CÁCERES
LA SECRETARIA,

ABG. MARIELA MORILLO