REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 30 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2005-007128
ASUNTO : IP01-P-2005-007128


Corresponde a este Tribunal Segundo de Juicio, emitir pronunciamiento con respecto a solicitud interpuesta en fecha 24/05/2006, por la representación fiscal y la defensa, donde solicitan a este Tribunal que decline la competencia de la presente causa seguida contra EFREN JUNIOR ROBLES GUERRERO y CARMEN NICOLASA LUGO, visto que fue nombrado un nuevo Juez en la ciudad de Punto Fijo, y la presente causa pertenece a esa jurisdicción.
Ahora bien, esta Juzgadora observa, que los hechos por los que se sigue la presente causa, sucedieron en la ciudad de Punto Fijo Estado Falcón, y siendo que el artículo 57 del Código Orgánico Procesal Penal establece que la competencia territorial se determina por el lugar donde el delito o falta se haya consumado, razón por la cual el conocimiento de la presente causa pertenece a los Juzgados de Juicio del Circuito Judicial del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, aunado al hecho de que ya fue nombrado un nuevo Juez en la extensión de dicho circuito; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 61 ejusdem, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara incompetente para conocer de la presente causa por razones de territorio y ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio correspondiente del Circuito Judicial Penal de este estado, Extensión Punto Fijo. Notifíquese a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público del Estado Falcón de la presente decisión y envíense las actuaciones a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a los fines de dar cumplimiento a los antes declarado. Cúmplase

La Jueza Segunda de Juicio
Dra. EVELYN PEREZ LEMOINE
La Secretaria
Abg. OLIVIA BONALDE.