REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 15 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IK01-P-2002-000011
ASUNTO : IK01-P-2002-000011
AUTO DE CÓMPUTO DE PENA
Dando cumplimiento de la pautado en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal se procede a practicar el computo de la pena que le corresponde al ciudadano: JHOAN LUIS GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: V- 16.297.731, actualmente recluido en el internado Judicial de ésta ciudad. A tal efecto, se observa lo siguiente:
PRIMERO: Consta en las actuaciones que el referido penado fue condenado en fecha 31 de Mayo de 2005, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Penal a cumplir la pena de Diez (10) años de Prisión, por el delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la cual estaba vigente para ese tiempo.
SEGUNDO: De igual forma se observa en el presente asunto que el prenombrado penado fue detenido el 06-02-02, permaneciendo en ese estado hasta el 26-02-04, y posteriormente ingresa de nuevo en fecha el 03-06-05 hasta la presente fecha, lo cual hace un total de TRES (03) AÑOS y DOS (02) DIAS, como pena cumplida, le falta por cumplir SEIS (06) AÑOS, ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS.
TERCERO: Cabe destacar que como quiera que el artículo 493 del Código Orgánico procesal Penal, se encuentra suspendida su aplicación, el penado puede optar desde la presente fecha por Destacamento de Trabajo, ya que cumplió la cuarta parte (1/4) de la pena en fecha: 13-11-2005. Puede optar por Régimen Abierto cuando haya cumplido la tercera parte (1/3) de la pena que será para el 13-09-2006. Igualmente podrá optar por la Libertad Condicional cuando haya cumplido las dos terceras partes (2/3) de la condena que será para la fecha: 13-01-2010. Del mismo modo podrá optar por el Confinamiento cuando haya cumplido las tres cuartas partes (3/4) de la pena que será en fecha: 13-11-2010. Cumpliendo la totalidad de la pena el 13-05-2013.
Certifíquense las copias correspondientes al presente cómputo y con oficio remítase a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón, a la Defensora Pública Séptima Abogada Solangel Castillo; a la Dirección del Internado Judicial de Falcón y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Falcón, Impóngase al penado. Cúmplase.
ABOG. SATURNO RAMÍREZ ZORRILLA
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABG. CARISBEL BARRIENTOS
LA SECRETARIA