REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 22 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-000524
ASUNTO : IP11-P-2006-000524
AUTO
Visto el escrito presentado por el ciudadano Abg. Cruz Alexander Morales, Fiscal Sexto del Ministerio Público, mediante el cual presenta a éste Tribunal al ciudadano: Juan Carlos Díaz Suárez, Colombiano, titular de cédula de identidad: E-72.155.071, de 39 años de edad, nacido en fecha 16 de Noviembre de 1967, de profesión comerciante hijo de Armando Díaz y Dora Suárez domiciliado en el Carrera 21D N° 2817, Barranquilla Colombia.
Así mismo encontrándose en la sala de audiencia la representante del Ministerio Público Abg. Cruz Alexander Morales; ratifica el referido escrito de presentación y solicita que el ciudadano sea puesto a la orden de la Onidex Punto Fijo con la finalidad de ser Deportado a Colombia.
Posteriormente el ciudadano: Juan Carlos Díaz Suárez manifestó acogerse al precepto Constitucional establecido en el artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Posteriormente la Defensa Publica representada en este acto por el Abg. Ramón Navas manifestó: que se le informe en los próximos días los resultados de la solicitud realizada por el Ministerio Público a los efectos de estar pendiente de los trámites de deportación.
El Tribunal pasa a decidir en los siguientes términos: analizando minuciosamente las actuaciones del presente asunto y escuchados como han sido, los alegatos de la Defensa y del representante del Ministerio Público; ésta Juzgadora observa que el ciudadano anteriormente identificado ingreso a este País sin autorización alguna en forma irregular evadiendo las leyes Venezolanas, por lo que se Ordena oficiar a la Oficina Nacional de Extranjería con sede en Punto Fijo a los fines de que se de cumplimiento al procedimiento de deportación a su país de origen (Colombia), en un lapso no mayor de 20 días a partir de la presente fecha.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Ordena oficiar a la Oficina Nacional de Extranjería con sede en Punto Fijo a los fines de que se de cumplimiento al procedimiento de deportación a su país de origen (Colombia) no mayor de 20 días, al ciudadano: Juan Carlos Díaz Suárez, Colombiano, titular de la cédula de identidad N° E- 72.155.071, de 39 años de edad, nacido en fecha 16 de Noviembre de 1967, de profesión comerciante, hijo de Armando Díaz y Dora Suárez, domiciliado en el Carrera 21D N° 2817, Barranquilla Colombia. Así mismo se solicita a la Oficina correspondiente que informe a este Tribunal una vez culminada dicha Deportación. Se ordena oficiar al comandante de la Zona Policial informándole que estará detenido en ese recinto carcelario a la orden de la Oficina de Dirección de Extranjería. Líbrese la correspondientes boletas. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente.
Remítase el presente asunto a la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico en su oportunidad Legal.
Así se decide.
Jueza Segundo de Control Secretaria
Abg. Morela Ferrer de Coronado Abg. Silvana colina
|