REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo
Punto Fijo, 03 de Noviembre del 2006
Años: 196º Y 147º
ASUNTO: D-000133-2005

Examinadas las actas procesales que componen el expediente, se evidencia que en diligencia de fecha Trece (13) de Diciembre de Dos Mil Cinco (2005), la parte actora solicita al Juzgado se imparta la homologación del presente desistimiento, y dado que en sesión de fecha Veinticinco (25) de Julio de 2006, según oficio Nº CJ-06-2852 la Abogada. MIRLA BIANEXIS MALAVE SAEZ, fue designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, y juramentada el día Siete (07) de Agosto de 2006, por la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón bajo Acta Nº 14, como Juez Temporal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, tomando posesión del cargo en esa misma fecha según consta en Acta Nº 68 de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, se aboca al conocimiento de la causa. En consecuencia y por los motivos expresados anteriormente, este tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente desistimiento interpuesto entre la ciudadana ELIX MARGOT RUBIO, Abogado Asistente ELEODORO GOITIA SANCHEZ, dándole el efecto de cosa juzgada, se ordena remitir mediante oficio a la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial Laboral a los fines de su archivo definitivo. Líbrese oficio a la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial Laboral y déjese constancia en el Libro Diario de Labores y Libro de Causa llevados por este Juzgado.
LA JUEZA

ABG. MIRLA MALAVE SAEZ
LA SECRETARIA

ABG. ROSALY MUÑOZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado
LA SECRETARIA

ABG. ROSALY MUÑOZ

MMS/rm / evelitza