REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 17-11-2.006, se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Estado Falcón, contentivo de Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo sobre Bienes Muebles e Inmuebles propiedad de la Parte Demandada de autos; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 27-11-2.006, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abog. Numa Miranda, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la Medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Decreto de Medida Ejecutiva de Embargo, fijándose para ello el día respectivo, este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C. A., en virtud de información suministrada mediante Circular N° 10, de Fecha 09/05/2006,
En fecha 29-11-2.006, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abog. Numa Miranda, por cuanto se desprende de dicha diligencia el pago efectuado por la representante de la Parte Accionada a la Parte Accionante el monto condenado por el Tribunal de la Causa y vista la solicitud formulada, este tribunal ordena, en virtud de que lo solicitado no es contrarió a derecho ni versa sobre derechos disponibles, la remisión del presente Despacho al Tribunal de Origen. Así mismo, este Tribunal ordena proveer la expedición de copia certificada de todo el Despacho. En esta misma fecha se remite mediante oficio Nº 238-2006, constante de once (11) folios útiles.