Vistas las anteriores actuaciones, así como la diligencia que antecede suscrita por la ciudadana NUBIA LAGUNA, en su carácter de Directora Técnica de Fundana, esta Sala de Juicio, al estar llenos los supuestos establecidos en la ley especial que rige la materia, dicta Medida de Protección de Colocación Familiar a favor de la niña, de conformidad con lo establecido en el artículo 126, literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.