REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 3 de Noviembre de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL: IP01-D-2005-000037
ASUNTO : IP01-D-2005-000037


AUTO ORDENANDO LA REMISIÓN A LA FISCALIA DE LAS ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS.


De la revisión exhaustiva de oficio hecha por la ciudadana Jueza se evidencia que en fecha 25/09/02 se llevó a cabo audiencia especial de plazo prudencial , en el presente asunto que se le sigue al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , identificado suficientemente en las actas procesales que conforman el presente asunto, por la supuesta comisión del delito de HURTO, previsto y sancionado en el articulo 451 del Código penal vigente , presentes las partes en sala este juzgado acordó la fijación de un plazo Prudencial de treinta y cinco (35) días a la representación Fiscal para la presentación del respectivo acto Conclusivo y se ordenó la remisión de las actuaciones a la fiscalía 11° del Ministerio público a objeto de que las mismas sean agregadas al asunto principal, y hasta la presente fecha no se ha cumplido lo ordenado por este juzgado en atención a lo antes expuesto este juzgado, en atención en aras de garantizar la tutela judicial efectiva y el proceso Judicial contenidos en los artículos 26, y 257 de la Constitución de le República Bolivariana de Venezuela, , en nombre de la República Bolivariana d Venezuela y por Autoridad de la ley Ordena la remisión de las presentes actuaciones a la brevedad posible mediante oficio a la fiscalía especializada, con el objeto que las mismas sean agregadas al asunto principal. Cúmplase



La Jueza
La Secretaria

Abg Mireya Medina Abg: Carisbel Barriento.







ASUNTO PRINCIPAL: IP01-D-2005-000037
ASUNTO : IP01-D-2005-000037