REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 11 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2001-000022
ASUNTO : IV01-D-2001-000007


Revisado como ha sido el Asunto en el que aparece como imputado los adolescentes Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna este Tribunal observa que en fecha 30 de junio del 2005 se dicto Sobreseimiento Definitivo en Dicho Asunto a favor del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna , y en fecha21 de Abril del 2006 a el Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna librándose las correspondientes notificaciones a todas y cada una de las partes. Ahora bien vistas que fueron consignadas dichas boletas de notificaciones en forma positiva con respectó a la a la defensa, a el fiscal el Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna más no con lo que respecta a la boleta del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna por cuanto al ser consignada esta especifica su resultado como negativo en virtud de la información aportada por la ciudadana Osmirian Acosta Titular de CI N° 2.440.540 Madre del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna , quien manifestó que el Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna se mudo a la cuidad de Valencia tal y como consta al reverso del folio 85 del asunto según lo Señalado por el ciudadano Luis Chirinos alguacil adscrito a la oficina del algusilazgo del Estado Falcón quien consigna en fecha 04 de Agosto del año 2006 la respectiva boleta de notificación; Así mismo Observa que existe contignación en el sistema de forma positiva en cuanto a la notificación de las victimas, mas no así el físico de las notificaciones consignadas en el presente asunto por tal motivo y con la Finalidad de cumplir con los extremos de Ley este Juzgado Primero de Control de la sección Penal Adolescente en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Por Autoridad de la Ley de conformidad con lo dispuesto en el articulo 181 del Código Orgánico Procesal Penal segundo aparte, Acuerda tener como domicilio la sede de este Circuito Judicial Penal, en cuanto a la notificación del Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna y ordena la inmediata consignación en el asunto de las boletas de notificación dirigidas a las Victimas en fecha 06 de Junio del 2006 en consecuencia libérese la correspondiente boleta de notificación al adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna a las puertas de esta sede por un lapso de 24 horas, cumplidas las cuales deberá consignarse al asunto para las formalidades de Ley comuníquese de la decisión con oficio N° 1CO-325 /06 al coordinador del Alguacilazgo a los fines de la Publicación de la Boleta del Adolescente y la consignación inmediata de la boletas dirigida a las Victimas .

La Juez Primero de Control La Secretaria


Abg. Enialina Ruiz Abg. Carysbel Barrientos