REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 02 de Octubre de 2006
Años: 196° y 147°
Vista la diligencia de fecha 26 de Septiembre de 2006, estampada por el abogado GUSTAVO RAFAEL CÓRDOVA OROPEZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 88.703, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano ILIA REMEDIOS PÉREZ, en la cual DESISTE del procedimiento en la presente demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, incoada contra la ciudadana ELIZABETH GÓMEZ, que se sustancia en el expediente signado con el No. 2540, nomenclatura de este Tribunal. En consecuencia, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dando por terminado el presente procedimiento acordando tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo expídase copia fotostática certificada de todo el expediente, pieza principal y Cuaderno Separado de Medidas, incluyendo las carátulas, de la diligencia en mención y del presente auto, y hágasele entrega de la misma al solicitante. Igualmente entréguese al solicitante los documentos originales cursantes en los folios cuatro (04) al diecisiete (17), ambos inclusive, de la pieza principal, previo desglose del expediente, y déjese en su lugar copia fotostática certificada de los mismos. Se ordena el archivo del expediente, y su remisión al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Déjese copia certificada del presente auto en el copiador de sentencias de este Tribunal. Cúmplase lo ordenado.
El Juez Titular

Dr. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria

Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO
En la misma fecha de hoy, 02/10/2006, se cumple lo ordenado.
La Secretaria

Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO

Exp. No. 2540.
/mzr.