REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 14 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-001068
ASUNTO : IP11-P-2006-001068
AUTO DECRETANDO LA LIBERTAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 44 DE LA CONSTITUCIÓN
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Visto el escrito presentado por el ciudadano Abg. Cruz Alexander Morales, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Falcón con sede en esta ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita le sea concedida la Libertad Plena de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: Maldonado Hurtado Angel Junior, venezolano, titular de la cédula de identidad N°15.386.800, soltero, residenciado en el Municipio Autónomo Carirubana, Punto Fijo Estado Falcón. Analizadas como en efecto han sido las actas del presente asunto que acompañan la presente solicitud, se evidencia que no existen suficientes elementos de convicción.
En consecuencia este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley es por lo que acuerda Decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: Maldonado Hurtado Angel Junior, venezolano, titular de la cédula de identidad N°15.386.800, soltero, residenciado en el Municipio Autónomo Carirubana, Punto Fijo Estado Falcón. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Publico. Se decreta el procedimiento Ordinario. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad dirigida a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal a favor del mencionado ciudadanos y remítase mediante oficio. Cúmplase.
Jueza Segundo de Control.
________________________
Abg. Morela Ferrer de Coronado
Secretario.
________________________
Abg. Jamil Richani
|