REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DEL NIÑO Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
EN SU NOMBRE

Expediente Nº 4101.-
Vista la apelación interpuesta por el abogado Jhon Davalo, en su carácter de apoderado de los niños JUNIOR RAMON, MARIA DE LOS ANGELES y MARIANNY DEL VALLE MEDINA HERNANDEZ, representados por su madre la ciudadana Oneida Hernández Flores, contra la sentencia de fecha 06 de noviembre de 2006, dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala Primera, y mediante la cual declaró perimido el juicio que por pago de alimentos incoaran los apelantes contra el ciudadano JULIO FRANCISCO MEDINA, quien suscribe para decidir observa:
Dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en su encabezamiento que:
Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactivad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención.

Omissis.

Esta norma, es aplicable a los procedimientos de alimentos por mandato del artículo 451 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, y así se establece.
Ahora bien, revisado el expediente, se constata que desde el 21 de octubre de 1998, fecha en que la madre de los apelantes, Oneida Hernández Flores, solicitó la pensión de alimentos, hasta el 09 de noviembre de 2005, transcurrieron seis años, once (11) meses y veintinueve (29) días, sin que la parte demandada impulsara el procedimiento, tiempo más que suficiente para la consumación de pleno derecho, de la caducidad de la instancia; y así se decide.
En tal sentido, se declara sin lugar la apelación deducida; y así se determina.
Por mandato del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 484 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, no se condena en costas a la parte demandante.
En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Jhon Davalo, en su carácter de apoderado de los niños JUNIOR RAMON, MARIA DE LOS ANGELES y MARIANNY DEL VALLE MEDINA HERNANDEZ, representados por su madre la ciudadana Oneida Hernández Flores, contra la sentencia de fecha 06 de noviembre de 2006, dictada por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala Primera, y mediante la cual declaró perimido el juicio que por pago de alimentos incoaran los apelantes contra el ciudadano JULIO FRANCISCO MEDINA, SEGUNDO: Se declara la perención del procedimiento de alimentos seguido los niños JUNIOR RAMON, MARIA DE LOS ANGELES y MARIANNY DEL VALLE MEDINA HERNANDEZ, representados por su madre la ciudadana Oneida Hernández Flores, contra el ciudadano JULIO FRANCISCO MEDINA.
TERCERO: Se confirma el fallo apelado.
No se imponen costas procesales, a los demandantes.
Bájese el expediente en su oportunidad correspondiente.
Agréguese, regístrese y publíquese.
Dada sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial,, con sede en Santa Ana de Coro, a los diecisiete (17) días del mes de abril de dos mil siete (2007). Años 197 de la Independencia y 148 de la Federación.
EL JUEZ
Abg. MARCOS R. ROJAS G.
LA SECRETARIA (t)
YELIXA TORRES BRIZUELA

Nota: la anterior decisión se dictó y publicó en su fecha 17-04-07, a la hora de ___________________________________ ( ). Se dejo copia certificada en el libro copiador de sentencias.
LA SECRETARIA (t)

YELIXA TORRES BRIZUELA
Sentencia Nº 062-A-17-04-07.-
MRG/DCF/yelixa.-
Exp. Nº 4101.-