REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
SANTA ANA DE CORO, 26 DE ABRIL DEL AÑO 2.007.
AÑOS 197º Y 148º
Vista la diligencia que antecede, presentada en fecha 24 de Abril de 2007, mediante la cual las partes en el presente juicio, Abogada AURA CASTRO, en su carácter de Apoderada Judicial del demandante, ciudadano ANGELO MAIOLINO CONTE, y el ciudadano HUMBERTO FERREIRA VILCHEZ, en su condición de demandado, debidamente asistido por la Abogada ANA MARIA MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.048, celebraron convenimiento en el presente proceso, en los términos expresados en la mencionada diligencia e igualmente, solicitan la homologación de dicho acto y el archivo del expediente; el Tribunal, luego de analizar el petitorio formulado por las partes, lo considera ajustado a derecho y acuerda proveer al respecto. En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACION AL CONVENIMIENTO EFECTUADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de COSA JUZGADA. Asimismo, se ORDENA el archivo del presente expediente. Déjese copia certificada del presente auto en el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro Diario de Labores.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abg. YASMINA MOUZAYEK GUTIERREZ
LA SECRETARIA
Abg. QUERILIU M. RIVAS H.
NOTA: En esta misma fecha se archivó el presente expediente, constante de CUARENTA Y CINCO (45) folios útiles y se certificó copia del presente auto para el Archivo del Tribunal, todo conforme a lo ordenado en auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA
Abg. QUERILIU M. RIVAS H.
Exp. Nº: 2.044-2.007
DDTE: ANGELO MAIOLINO CONTE
DDDO: HUMBERTO FERREIRA VILCHEZ
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO